¿Qué hace una persona cuando requiere cambio de empleador? Conseguir un contrato de trabajo en el extranjero es una de las formas en las que un migrante se puede establecer en otro país. Aquí le daremos algunas recomendaciones.
Si debe hacer cambio de empleador: ¿es una buena idea tener una visa sujeta a contrato?
Es muy común leer que muchos de los migrantes solicitan visa sujeta a contrato sin conocer las implicaciones que puede llegar a tener a la hora de cambio de empleador.
En muchos casos termina por convertirse en un error ya que, una visa sujeta a contrato, no es más que una visa temporaria, la cual te ata a una sola organización y dificulta un posible cambio de empleador. En otras palabras, la visa sujeta a contrato le permite trabajar única y exclusivamente con el empleador del contrato que ha dado origen a esa visa.
Habrá situaciones en las que es conveniente, porque dependerá de las condiciones del viaje de trabajo: lugar de destino, características de la contratación, entre otros; los empleadores le garantizan al contratado su retorno seguro a casa.
Sin embargo, para las necesidades de un migrante, no es la más adecuada por lo que muchos incurren en multas o irregularidades. Para evitar estos inconvenientes no está de más conocer los requisitos para entrar a Chile.
¿De qué va el trámite de cambio de empleador?
Lo primero que debe saber es que existe una plataforma digital donde puede hacer el cambio deseado uno de los requisitos que debe presentar necesariamente es formato anexo de contrato de trabajo por cambio de empleador, así como el anexo de contrato por cambio de empleador, es decir, indistinta la situación de la visa, debe presentar ambos siempre. Los requisitos dependerán de si el cambio de empleador se realizará antes o después de haber estampado la primera visa.
La visa no está estampada necesita
- Pasaporte vigente (hojas de identificación, números y fechas de otorgamiento y vencimiento de este)
- Carta emitida ante el notario, por parte del antiguo empleador del solicitante, en donde conste la cesación del contrato de trabajo suscrito entre ambas partes.
- Otra opción puede ser presentar también notariado, el finiquito del contrato de trabajo firmado por ambas partes.
- De no contar con ninguno de los documentos anteriores, puede presentar: una Declaración Jurada notariada donde se refleje que el contrato de trabajo suscrito con su antiguo empleador quedó sin efecto.
- Puede presentar también constancia de la comparecencia ante la inspección del trabajo o la sentencia del juez de algún tribunal laboral.
- Nuevo contrato de trabajo escaneado del original, notariado y firmado por ambas partes, en las que se lean las cláusulas especiales conforme al reglamento de extranjería (cláusula de vigencia, de régimen previsional, de viaje, de impuesto a la renta, remuneración acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes)
- Una carta en la que pide su ratificación de solicitud de visa, la cual debe contener los datos de identificación del solicitante, así como los de sus dependientes si correspondiese, dando constancia de las condiciones que ameritan la solicitud.
La visa está estampada necesita
- Pasaporte vigente (hojas de identificación, números y fechas de otorgamiento y vencimiento de este, y el estampado de la visa anterior) debes adjuntar además el timbre de entrada en caso de las visas consulares.
- Certificado de registro de la última visa, emitido por Policía Internacional obligatorio sólo para personas mayores de 18 años.
- Cédula de identidad por ambos lados, obligatorio sólo para personas mayores de 18 años
- Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el servicio de registro civil e identificación de Chile, con una antigüedad no superior a 60 días contados desde la fecha de solicitud. Solo para personas mayores de 18 años.
- Para los nacionales de Perú, Colombia, República Dominicana el certificado de antecedentes penales de país de origen. Solo para mayores de 18 años.
- Cualquiera de los documentos referidos en los puntos dos al cinco de la visa sin estampar.
- Nuevo contrato de trabajo escaneado del original, notariado y firmado por ambas partes, en las que se lean las cláusulas especiales conforme al reglamento de extranjería (cláusula de vigencia, de régimen previsional, de viaje, de impuesto a la renta, remuneración acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país y según las normas laborales vigentes).
Los pasos del proceso de cambio de empleador
Este procedimiento tiene ocho pasos que podemos listar:
- Ingresar a la plataforma de trámites y escoger “Cambio de empleador con visa sujeta a contrato”
- Aparecerán las condiciones, requisitos y recomendaciones que sugerimos lea; después debe presionar “aceptar” para continuar
- Ingrese sus datos personales
- Muy importante, el dato de su número o forma de contacto
- Ingrese su nivel de educación y actividad. Recuerde que sólo hasta que cuente con la nueva documentación es cuando puede trabajar con el nuevo empleador.
- Adjunte los documentos exigidos, previamente escaneados. No olvide destacar si su visa está estampada o no.
- Ingrese sus dependientes en caso de tenerlo, así como su documentación
- No olvide presionar “enviar”. Corresponde esperar con paciencia el resultado.
Documentación solicitada para la visa por cambio de empleador si tiene dependientes
La documentación que mencionamos a continuación es la que deberá adjuntar por cada dependiente a su cargo. Vale destacar que debe ser un solo archivo en formato PDF
Si su visa está sin estampar, deberá adjuntar por cada dependiente
- Hoja de identificación del pasaporte vigente.
- Certificado de acredite vínculo (cónyuge: certificado de matrimonio; hijo/padres del titular: certificado de nacimiento)
Si su visa está estampada, deberá adjuntar por cada dependiente
- Hoja de identificación del pasaporte vigente
- Certificado de registro de última visa (PDI)
- Cédula de Identidad emitida por SRCeI
- Certificado de Antecedentes SRCeI (si es mayor de edad)
- Certificado de Antecedentes país de Origen (Si es mayor de edad y nacional de Perú, Colombia y Rep. Dominicana)
- Certificado que acredite vínculo (cónyuge: certificado de matrimonio; hijo/padres del titular: certificado de nacimiento)
Declaración jurada de expensas
Si Usted cuenta con visa consular, deberá adjuntar además
- Imagen de la visa consular estampada en pasaporte.
- Hoja de pasaporte donde se visualice el timbre de ingreso al país, realizado por PDI al momento de pasar Policía Internacional.