Baja empleada de hogar: Requisitos, indemnización

Aprenda a tramitar la baja empleada de hogar y sepa cuál es el alcance de sus derechos ante la Seguridad Social. Todo lo que debe saber y más en este artículo.

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Debe ingresar en el Sistema para Empleadas del Hogar, para procesar la baja.

¿Qué puede propiciar la baja a empleada de hogar?

El campo de servicios bajo la figura de empleada (o) del hogar, conforma las mismas relaciones entre empleador-empleado. Ésta se encuentra regulada bajo las mimas previsiones de ley, establecidas en el Estatuto de los trabajadores artículo 49. Para dar de baja empleada hogar, el empleador debe asegurarse que alguno de los 12 motivos de ley son causales al finiquito de la relación laboral:

  1. Fin de la relación laboral de mutuo acuerdo.
  2. De orden y carácter contractual
  3. Fin del plazo del contrato.
  4. Según lo establecido en un Contrato Colectivo para la dimisión del trabajador.
  5. Fallecimiento y baja médica (GI,IPT)
  6. Jubilación
  7. Fallecimiento o incapacidad del empleador.
  8. Causas de fuerza mayor, que imposibiliten la continuidad del contrato
  9. El despido colectivo.
  10. Retiro voluntario, en este caso se le cataloga de baja voluntaria empleada hogar.
  11. Causas objetivas
  12. Violencia de género

Estas doce causas se resumen en 3 grandes causas para el cese de la relación laboral, que han sido detalladas en la Nueva regulación del servicio del hogar, léalo aquí:

  • Despido disciplinario
  • Disentimiento del empleador
  • Los despidos colectivos de ser aplicables.

¿Cuáles son los requisitos para la baja empleada hogar?

La normativa indica que, todo fin de relaciones laborales debe contar con un preaviso. Y debe entregarse por escrito, detallando las causas que propiciaron a la cesión de la relación laboral.

Todo pago debe realizarse en metálico o por transferencia bancaria, siempre y cuando se encuentre pre-establecido en el contrato suscrito al iniciarse la relación laboral.

El empleador debe realizar la baja en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General, que debe efectuarse en un plano que no supere los 3 días posteriores a producirse la baja. Solo gestionará su baja la o él empleado del hogar que tras previo acuerdo, labore un lapso inferior a 60 horas mensuales.

Para proceder a la baja se debe asistir a una oficina del INSS o dar de baja a la empleada del hogar online, debe entrar en el Sistema para Empleadas de Hogar antes mencionado y seguir el llenado de los documentos PDF que se le presentan.

Entregar una copia certificada de la baja a la empleada e iniciar la tramitación de la baja por la Seguridad Social. Para casos de baja médicas, se debe entregar el informe o parte médico para consignar ante el INSS, la gravedad de la misma y así recibir la compensación.

Baja voluntaria

Esta relacionado al finiquito empleada de hogar voluntaria, ésta es una renuncia que presenta la empleada y el tiempo de preaviso puede llegar a ser pactada con el empleador (a), en este caso puede pasar de los 15 días pero no debe superar el mes. Según lo establecido en la Ley es un «cese por dimisión y se seguirán las costumbres del lugar».

Si la empleada ha estado contratada por un largo período de tiempo, tendrá derecho a que en su finiquito se le sumen todas las cuantificaciones salariales propias de la Ley. Vacaciones vencidas y no disfrutadas y el pago de las horas extras trabajadas.

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Todo lo que necesitas saber para la Baja del empleado de hogar.

Baja médica empleada hogar

Los seres humanos estamos propensos a las enfermedades y los accidentes, las empleadas del hogar también están expuestas a estos incidentes y por ende se encuentran protegidas por la ley para obtener los mismos beneficios por la baja médica. En estos casos ocurrirá lo mismo que en otros campos, se les tomará encuentra las bajas por:

  • Contingencias comunes; es decir, una enfermedad común o un accidente no laboral.
  • Contingencias profesionales; lo que se traduce a accidentes laborales o enfermedades asociadas a la labor.

Las causas médicas para la baja deben estar detalladas en el informe médico, que formará parte de los documentos que se deben presentar para recibir el pago de la indemnización por accidente laboral indemnización secuelas.

¿Quién paga la baja a la empleada hogar?

Si se pregunta por la baja por desempleo o cese de funciones, ésta se tramita y se cancela a través del INSS. Ahora bien las especificaciones de ley le compete a las bajas médicas, en la cual tendrá peso el motivo de la baja si es común o por accidente laboral.

En caso de bajas por enfermedades comunes o accidentes no laborales, los primeros tres (3) días no se recibe ningún pago, será solo del 4to al 8vo día que el gasto correrá por parte del empleador. De ser un baja de más de 8 días, se debe presentar ante la Seguridad Social, para recibir el pago de manera directa.

Ahora en los casos de accidentes laborales, hay que llevar la baja a la Seguridad Social inmediatamente para que la empleada perciba sus pagos. Ahora bien, en caso de que el empleador tenga un seguro privado o una MUTUA, que contemple estas emergencias se cobrará a través de esa póliza. Al igual que la anterior causa de superar los 8 días, se pasará al INSS.

¿Cuánto se paga en la baja de empleadas hogar?

El salario corresponde a lo establecido en el SMI (salario mínimo interprofesional) para el 2021 el mínimo al mes es de 1.108,33 euros al mes. Esto quiere decir que el cálculo estará asignado a ese monto base para el pago subsiguiente.

En caso de baja médica por contingencias comunes; los primeros 3 días no se estiman pagos. Será a partir del 4to día hasta el día 20, que se calculará el 20% sobre la base reguladora (en este caso 1.108,33 euros). Después del día 21 se cancelará el 75% sobre el SMI.

Por accidentes laborales, los pagos se calcularán de la siguiente manera: se cancela el día del siniestro completo y será dará el 75% del SMI a partir del siguiente día. En el siguiente video que te invitamos a visualizar muy detenidamente, te enseñará todo sobre la cotización de todos los empleados del hogar en 2019.

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