Baja por acoso laboral o Mobbing: ¿Cómo proceder?

Si eres víctima de acoso en tu trabajo, debes saber que tienes el derecho a tomar medidas, como darte de baja por acoso laboral. Aún si no lo eres, y has presenciado tal abuso por parte de compañeros o superiores, es importante que leas este post.

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El acoso laboral no está permitido en ninguna empresa, conoce qué debes hacer si te encuentras en esta situación

Baja por Acoso laboral: Un tema que muchos evaden

Un tema que compete a todos los trabajadores por más que resulte incómodo, es el acoso laboral. Aunque la realidad, es que muchas empresas y centros de trabajo, no tienden a tratar esta acción con la debida sensibilización ni concientización que se debe tener.

Por lo que es difícil para muchos trabajadores, en estos casos, denunciar hechos de acoso laboral a la empresa sin correr el riesgo de no ser respaldados por la ley o que se indique que toda la demanda es falsa.

No obstante, en este artículo te mencionaremos las medidas que existen en algunos organismos que intentan proteger a sus empleados de estas acciones inaceptables, tanto en el ámbito laboral como el personal.

Actualmente, la jurisprudencia ya ha establecido las bases necesarias para que el acoso laboral no quede impune y la víctima sea la única que reciba la protección que necesita después de sufrir daños.

A continuación, te mencionaremos las siguientes alternativas que todo trabajador tiene, para efectuar una denuncia de este tipo. Además, de indicarte los pasos a seguir en cada caso:

Baja médica por acoso laboral

Cuando el acoso laboral llega afectar seriamente a la estabilidad emocional y psicológica de la víctima, es recomendable que este asista al médico de cabecera en el Centro de Salud  correspondiente, para solicitar la baja médica.

Dirección de la empresa

Si no has podido conseguir una baja médica, no importa. Toda víctima de acoso laboral, debe denunciar los hechos ante la empresa. Esto, deberá hacerse por escrito, guardando una copia, debidamente certificada de recibido por la empresa.

Por otra parte, se direccionará la carta a Recursos Humanos o de Personal -y al comité de empresa si es necesario- en caso de tratarse de que la denuncia sea a una empresa grande.

No obstante, si la denuncia es para una empresa pequeña, la carta será dirigida al director del organismo, quien podrá resolver el problema al abrir una investigación discreta y objetiva, sobre todo si se aportan las evidencias necesarias para tomar represalias contra el acosador.

Con esta medida, se podrá beneficiar tanto a la víctima como a la misma empresa. Teniendo un ambiente laboral más optimo y favorable. Además de prever que en un futuro vuelvan a producirse alguna situación similar.

Acciones legales

Aparte de notificar a la directiva, el empleado debe denunciar el acoso laboral ante los tribunales, por la vía laboral, civil y penal. Y denunciará tanto a su acosador como a la empresa misma, dado a que el empresario es responsable de los daños que pueda sufrir cualquier trabajador del ente.

Para este proceso, es obligatorio contar con un abogado especializado en la materia. De hecho, es vital contratar los servicios del profesional antes de iniciar la denuncia para mejor manejo del caso. Además, de ayudar a la redacción del informe e introducirlo a los tribunales.

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  • Vía penal: implica delitos de coacción, agresión o amenazas por parte del acosador. Se aplica la denuncia a la empresa cuando ésta no toma acción, para prevenir o minimizar los daños causados a la víctima, cuando tiene conocimiento de los hechos.
  • Vía de lo social: únicamente se opta por esta vía cuando el acosador sea el propio empresario. Donde la finalidad de esta, sea obtener la baja voluntaria por acoso laboral y solicitar el resarcimiento por daños y perjuicios.
  • Vía civil: es cuando se realizan acciones de responsabilidad extracontractual contra el agresor o el empresario.
  • Vía contencioso-administrativa: cuando la víctima es un funcionario público y el acosador alguno de sus superiores o compañeros de trabajo. En este caso, se hará un reclamo a sus superiores jerárquicos, para que tomen medidas y así evitar más daños.

Por otra parte, si tras cumplir los tres meses, no se ha obtenido una respuesta positiva, se podrá interponer una denuncia ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Para solicitar la ejecución de dichas medidas y la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda.

Más acciones

  • Acciones ante la Seguridad Social: es cuando el acoso laboral ha causado en la víctima una enfermedad laboral que lo incapacite para para trabajar. Teniendo derecho a que la Seguridad Social le reconozca la pensión correspondiente.

Si por alguna razón, la enfermedad que tiene el empleado no aparece en el listado de padecimientos profesionales -como depresión o trastorno de ansiedad- será necesario presentar informes médicos.

Dichos informes, deberán ser realizados y certificados por especialistas en psiquiatría o psicología clínica. Pudiendo aplicarse la baja por acoso debido a trastorno de ansiedad o depresión. Léase también caso de Justificante médico urgencias.

Además, si se cuente con una aseguradora ajena, puede solicitar la baja por acoso laboral con Mutua. Para mayor información, sobre las regulaciones que existen en la Ley contra el abuso sexual puedes dirigirte al enlace.

Además, se debe tener claro que las lesiones como la depresión, ansiedad, sumado al acoso laboral (Mobbing), son causas que se deben profundizar para entenderlas y tratarlas dentro del marco legal y judicial, según sus necesidades y prioridades. Por último, dejaremos un listado de algunos consejos, que te servirán para prevenir un acoso laboral, sea propio o de algún compañero.

  • Anunciar el acoso, inmediatamente: si sabes de comportamientos impropios en el trabajo, es recomendable reaccionar al momento y denunciar las irregularidades.
  • Ser decisivo y directo: no permitas indirectas, actitudes persuasivas o tactos inapropiados, etc. Enfrenta al presunto acosador con respuestas claras y directas. Mejor aún si es delante de testigos.
  • No discutir ni amenazar: ambas acciones dan al acosador argumentos para desacreditar a la víctima.
  • Reunir pruebas: registrar todas las agresiones, sean grabar conversaciones, correos, fotos, etc. de anotaciones detallado (día, hora, expresiones utilizadas, etc.) es una buena manera de hacerlo.
  • Buscar un apoyo y asesoramiento especializado como abogados, psicólogos, etc.

 

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