Existen tantas indemnizaciones como tipos de despido pero, al calcular indemnización despido improcedente, estará recibiendo la máxima que recoge la ley. ¡Le contamos!
Calcular indemnización despido improcedente
En la vida se dan situaciones no deseadas que es necesario afrontar desde el conocimiento y la tranquilidad, lo ideal sería no pasar por esos momentos pero, ninguno de nosotros está exento o protegido por un don especial para evitarlo. Por tanto, es importante saber qué se deber hacer y qué elementos se deben tener en cuenta: revisar documentos, firmar papeles, conocer sus derechos y obligaciones.
Actualmente, después de la reforma laboral de 2012, esta indemnización es igual a treinta y tres días por año trabajado, con un límite máximo de veinte y cuatro mensualidades.
Es imprescindible, si se quiere calcular indemnización despido improcedente tener claros unos aspectos fundamentales que se mencionarán a continuación y pueden quedar más claros a través de ejemplos.
Primer punto: antigüedad del trabajador: ésta está determinada por la fecha de inicio de la relación laboral considerando todos los tipos de contratos de trabajo, inclusive el tiempo que se haya trabajado a través de empresas de trabajo temporal. Vale destacar que, tomando como base la reforma laboral 2012 por el Real Decreto-ley 3/2012, la indemnización se calcula en dos tramos y será:
- Relación laboral iniciada antes del 12 de febrero de 2012: hasta la citada fecha, la indemnización será de 45 días por año, con un tope de 42 mensualidades, después de esa fecha se abona a razón de 33 días por año trabajado hasta la fecha de extinción. Puede que no se genere más indemnización a partir del 12 de febrero de 2012, si se superan el límite de 24 mensualidades.
- Relación laboral iniciada después de 12 de febrero de 2012:indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades.
Segundo punto: salario regulador a efectos de indemnización: el salario regulador a efectos del cálculo de la indemnización por despido es, como mínimo, el que le corresponde legal o según convenio colectivo al trabajador al tiempo de la conclusión, es decir, si cobra por encima de convenio se calculará con esa cuantía.
Por otro lado, si el trabajador cobra menos de lo que debe, la indemnización estará mal calculada y en ese caso se podría conseguir la improcedencia del despido por el abono de una indemnización inferior a la que corresponde.
Cabe destacar que, el cálculo de la indemnización se realiza teniendo en cuenta el salario diario, debe tomar en cuenta si tiene un sueldo variable o no y además es importante conocer y considerar que sólo se tomarán en cuenta los conceptos que tengan carácter salarial.
Los conceptos salariales son aquellos que indemnizan por el trabajo realizado, mientras que los conceptos extrasalariales son aquellos que retribuyen los gastos que asume el trabajador por el hecho de trabajar, como transporte, vestido, entre otras.
Los dos tramos del cálculo de indemnización por despido procedente
Los dos tramos deben ser calculados, en relación con lo indicado anteriormente, mediante las siguientes operaciones:
- Una sencilla regla de tres. Si por 12 meses le corresponde al trabajador 33/45 días por X meses de antigüedad tiene derecho a X días. Esos días se multiplican por el salario día, esa será la indemnización que le corresponde. En otras palabras, la indemnización que corresponde es a razón de 3,75 días por cada mes trabajado antes de la reforma, y se genera 2,75 días por cada mes trabajado después de la reforma de 2012.
- Para terminar, es necesario comprobar que no supera el límite de 42 y/ó 24 mensualidades, si la supera tu indemnización será este límite.
Encontrará otra perspectiva y alcance de este tema, si entras al siguiente artículo sobre máxima indemnización por despido.
Ejemplo de cómo calcular la indemnización por despido improcedente
A continuación explicamos de forma concreta qué cálculos se deben realizar para obtener el coste de indemnización.
Datos básicos
Inicio de la relación laboral: 4/6/1990
Fin de la relación laboral: 12/02/2013
Salario mes sin distribución de pago de horas extras 1.534,45 € (1790.19 con prorrateo)
Número de pagas extras 2, 14 pagas al año.
Cálculo antigüedad
Hasta el 12/02/2012, 21 años y 9 meses, esto es 261 meses.
Hasta el 12/02/2013, 1 año y 1 día, por lo tanto, a efectos de indemnización son 13 meses.
Importe indemnización
Si para 12 meses corresponden 45 días de salario, 261 meses es igual a 57.609,22 €.
Si para 12 meses corresponden a 33 días de salario, 13 meses es igual a 2.104,24 €.
La indemnización sería igual a la suma de estas dos cuantías, esto es 59.713,46 €,
Límite máximo de indemnización
42 mensualidades 75.187,98€
24 mensualidades 42.964,56€
Valor definitivo de calcular despido improcedente
El límite máximo sería 42.964,56 € teniendo en cuenta la reforma laboral, pero si ha generado hasta el 12/02/2012 una indemnización de 57.609,22 €, por lo tanto, aunque ya no genere más porque llego al tope máximo, la indemnización generada hasta el momento no se pierde, así que le corresponden 57.609,22 €.
También nos interesa saber
Conozca algunos datos adicionales importantes de tomar en cuenta, si se encuentra en estas situaciones y tiene dudas:
- El Consejo General del Poder Judicial ha creado un simulador en línea para ayudar a calcular fácilmente la indemnización por despido que corresponde a cada trabajador En este enlace podrá tener acceso
- Con bastante frecuencia se confunde la indemnización por despido, con la indemnización por fin de contrato. El primer concepto se trata de la indemnización a que se tiene derecho cuando un juez (o en el acuerdo de conformidad lo reconoce la empresa) se determina que el despido es improcedente o nulo (33 días por año trabajado después de la reforma), o en los casos de despido objetivo (20 días por año trabajado). Por tanto es muy importante no confundir indemnización por despido con indemnización por fin de contrato.
- Cuando se termina un contrato temporal, es importante tomar en cuenta que no se puede hablar en sentido estricto de despido, puesto que lo que existe en realidad es la culminación de un contrato por causa legal (terminó su plazo previsto, la razón de ser del mismo, entre otros). En estos casos, es bastante común que el trabajador considere que ha sido despedido pero, las indemnizaciones que le corresponden no son las asignadas por despido, por el contrario, le corresponden las indemnizaciones a las que un trabajador tiene derecho cuando finaliza un contrato.