Cambio de contingencia de enfermedad común a profesional

En este post te enseñaremos todo lo referente al cambio de contingencia de enfermedad común a profesional, para que aprendas cómo resolver este trámite y cuáles son sus consecuencias a nivel laboral.

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Aprende sobre el procedimiento del cambio de contingencia de enfermedad común a profesional

Cambio de contingencia de enfermedad común a profesional y sus alcances en la nómina laboral

Cuando hablamos de “contingencias” en el ámbito del Derecho Laboral, nos referimos a las causas o circunstancias que le impiden a un trabajador cumplir y desarrollar con normalidad sus funciones en su sitio de trabajo.

En la legislación española vigente, que cubre la materia laboral, existen dos tipos de contingencias referidas a la incapacidad temporal de un trabajador para cumplir con sus funciones y obligaciones en el trabajo:

  1. Contingencia Común: La que es provocada por una enfermedad o accidente común, que no se deriva de sus actividades laborales.
  2. Contingencia Profesional: Es la que se deriva de una enfermedad profesional o de un accidente laboral.

El procedimiento para el cambio de contingencia de enfermedad común a profesional es necesario para el trabajador, para que su baja temporal sea debidamente catalogada como una consecuencia directa de sus actividades laborales.

Este procedimiento es necesario para que no se vea afectada la nómina del trabajador, ya que la base de contingencia, que es el monto salarial sobre el que se calcula el monto percibido por incapacidad temporal o permanente, es diferente según el tipo de contingencia que genere la baja.

Cuando la baja se genera por una contingencia profesional, la base nunca podrá ser inferior al salario regular del trabajador, razón por la que el pago de una baja laboral por un accidente o enfermedad profesional, siempre será mayor que el pago por una contingencia común.

Base legal que regula cuándo es enfermedad profesional y accidente laboral

Las regulaciones legales que enmarcan esta materia se encuentran especificadas en los Artículos 156 y 157 de la Ley General de Seguridad Social, donde se definen los conceptos de enfermedad profesional.

Artículo 157 de la Ley General de Seguridad Social: “Enfermedad profesional la que se adquiere a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”. Para que una baja sea clasificada como enfermedad profesional deben cumplirse algunos requisitos:

  • Comprobarse la existencia de una patología médica, es decir, de una enfermedad.
  • Esta enfermedad debe estar derivada de las actividades laborales de un trabajador por cuenta de un tercero.
  • La enfermedad en cuestión debe estar reconocida en el listado del Real Decreto 1299/2006.
  • Esta enfermedad debe ser una consecuencia directa de la acción de elementos o sustancias que se encuentran expresamente tipificados en el Real Decreto 1299/2006.

Artículo 156 de la Ley General de Seguridad Social: “Un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador puede sufrir con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”. Para que sea considerado un accidente laboral, tienen que darse los siguientes requisitos:

  • Presentarse una lesión corporal provocada por uno o varios agentes externos.
  • El trabajador debe estar cumpliendo actividades laborales por cuenta de un tercero.
  • La lesión corporal tiene que ser una consecuencia directa de sus actividades laborales.

Si encuentras de utilidad este contenido, tal vez te interese saber en qué consiste la mejora voluntaria absorbible, por lo que te invitamos a leer este interesante artículo.

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Para saber mucho más acerca de este tema, puedes visitar la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, donde podrás obtener toda la información que requieras en materia de seguridad social.

Pasos del procedimiento para el cambio de contingencia de enfermedad común a profesional

El procedimiento para el cambio de contingencia de enfermedad común a profesional debe cumplir una serie de etapas y trámites particulares, por lo que te hemos preparado una guía paso a paso para que puedas resolverlos con facilidad.

  1. El trabajador debe consignar la solicitud para el cambio de contingencia de enfermedad común a profesional por ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), acompañándola de la documentación probatoria necesaria. Dentro de la documentación deben incluirse todos los informes y exámenes médicos realizados al trabajador.
  2. El INSS le notificará la incidencia al Servicio Público de Salud o a la mutua, quienes se encargarán de investigar las particularidades del caso, y reportarán sobre la contingencia de la que, en su opinión profesional, deriva la enfermedad que ha ocasionado la baja del trabajador. Este proceso dura cuatro días hábiles.
  3. El Equipo de Valoración de Incapacidades emitirá un reporte con las resultas de su investigación al director provincial del INSS con el pronunciamiento de la contingencia que ha originado el proceso de incapacidad, sea temporal o permanente.
  4. El INSS tendrá un lapso de quince días hábiles para emitir su resolución, la cual será comunicada al trabajador, a la empresa, a la mutua y al Servicio Público de Salud.
  5. Si el dictamen final favorece al trabajador, y la baja se reconoce como producto de una contingencia profesional, se recalcularán los pagos desde el inicio de la baja y la mutua pagará al trabajador las cantidades de dinero del diferencial que exista a su favor.

Resolución favorable al trabajador

En caso que la resolución sea favorable al trabajador, la contingencia se cambiará de común a profesional, y la baja será considerada como baja profesional, por lo que se le acreditarán las diferencias monetarias que correspondan.

Resolución contraria al trabajador

Si la resolución es contraria a los intereses del trabajador, este podrá decidir intentar nuevamente el recurso a través de la vía judicial, presentando una demanda de reclamación ante el juzgado competente.

Para iniciar este nuevo recurso, el trabajador deberá hacerlo en un lapso de treinta (30) días contados a partir de la fecha en que ha recibido la notificación de la resolución que no ha salido a su favor previamente.

En este recurso judicial el trabajador podrá presentar todos los testigos, peritos profesionales o no, que considere convenientes para inclinar la carga probatoria a su favor.

En este proceso el trabajador deberá, preferiblemente, contar con la guía y asesoramiento legal de un profesional del derecho que sea experto en la materia, pues, aunque no es un procedimiento excesivamente complicado, puede ser confuso en ocasiones.

Si quieres aprender mucho más acerca del cambio de contingencia de enfermedad común a profesional, no dejes de ver el siguiente video lleno de información relevante y profesional acerca de este tema.

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