Este artículo está basado en la necesidad de saber cómo ganar demanda laboral despido injustificado. No te apartes y sigue leyendo y así lo sabrás.

¿Cómo ganar demanda laboral despido injustificado?
En cualquier tipo de juicio, la finalidad de las pruebas es demostrar los hechos polémicos o en desacuerdo entre las partes. A menudo, incluso más que la demanda, es uno de los aspectos más relevantes, que definirá las probabilidades de ganar o perder el juicio. Basta son aportar pruebas sobre los puntos que la otra parte discute, y el juez tiene autoridad para desestimar el material que no sirva para ese fin.
Sin embargo, en un juicio laboral, como comentaremos más adelante, no sabemos lo que la parte contraria -la empresa- nos reclama hasta que comienza el juicio, por lo que es fundamental llevar documentación de todo.
¿Cuándo se solicita la prueba laboral?
Antes de evaluar las pruebas que pueden utilizarse, es fundamental comprender el contexto procesal en el que se proponen. En el momento del juicio, se presentan las pruebas.
A pesar de que se presentan en el momento, es frecuente que en un juicio se pida al tribunal que cite a determinados testigos o que ordene a la empresa que aporte determinados documentos a la vista del juicio.
Un ejemplo, querríamos que un empleado de la compañía testificara en el juicio. Aquí, la demanda pide al tribunal que cite al testigo a través de la compañía para el día del juicio.
Si este testigo finalmente declara o no en la vista del juicio, lo determina la valoración del juez, siempre y cuando lo solicitemos de nuevo en la vista y es posible que sepa cómo ganar demanda laboral despido injustificado. En otras palabras, aunque haya sido llamado como testigo, hay que pedir que dicha declaración se utilice como prueba durante la vista. Si la parte contraria no cuestiona lo que intentamos probar con el interrogatorio, no será necesario.
En resumen, los medios de prueba se entregarán en el momento de la vista; no obstante, si no podemos presentarlos (documentos, testigos o declaraciones fiscales), debemos solicitar al juzgado que lo haga en la forma que corresponda, y siempre con al menos cinco días antes de la fecha del juicio.
¿Qué medios de prueba son válidos?
Documentos, grabaciones, correos electrónicos, WhatsApp, testimonios de empleados, clientes, proveedores o compañías colaboradoras… casi cualquier tipo de prueba es válida para demostrar aquellos hechos que son de importancia para nosotros.
Sin embargo, no todo está permitido, tal y como recoge el artículo 90 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social: “No serán admitidas aquellas pruebas donde su origen o que se hubieran obtenido, directa o indirectamente por procedimientos que violen los derechos fundamentales o libertades públicas.”
Llevar grabaciones al juicio es una cuestión bastante normal. Es práctica jurídica consolidada que las grabaciones o las discusiones pueden estar disponibles si el empleado participa. Asimismo, no se exige que se informe al empresario de que se está grabando la discusión.
Prueba documental o de video y audio
Los contratos de trabajo, las nóminas, los informes de vida laboral, los correos electrónicos, los convenios colectivos… constituyen la prueba de documentos y que existen en prácticamente todas las relaciones laborales.
Dicha prueba debe presentarse en el siguiente formato: la primera página debe incluir una lista de los documentos presentados correctamente numerados, ordenada y relacionada. La numeración es obligatoria en todos los documentos.
Si el trabajador no dispone de los recibos de sueldo o del contrato de trabajo, deberá solicitarlos al menos cinco días antes del juicio para que el empresario pueda entregárselos en el momento del mismo.
Aportación de WhatsApp o grabaciones de audio o vídeo
Es absolutamente legal utilizar los mensajes de WhatsApp como prueba en un conflicto laboral. El aspecto más discutido es cómo presentarlos. La opción ideal es transcribirlos como primer paso en un documento y presentarlos como prueba documental, ya sea con una captura de pantalla o la copia de seguridad almacenada en nuestro teléfono móvil.
Asimismo es factible, obtener un acta notarial de las conversaciones de WhatsApp, o que el abogado de la administración verifique dichas comunicaciones. En todo caso, recomiendo la lectura de este post para una explicación más profunda.
Si hay una grabación, se puede llevar a la audiencia un dispositivo electrónico que permita reproducir la grabación para que la escuchen el juez y la empresa. Y para que la prueba se dé como legal. Una sugerencia es consultar con antelación al tribunal donde se celebrará el juicio para ver cómo se puede reproducir un audio o vídeo.
¿Puede la empresa aportar grabaciones que desconocía?
Sí, siempre que la empresa haya informado al trabajador de la existencia de las cámaras de vigilancia y de que pueden utilizarse para imponer sanciones, la empresa puede utilizar las grabaciones de las cámaras de vigilancia.
Inusualmente, las cámaras ocultas se han aprobado con carácter temporal cuando el empresario tiene sospechas razonables de un incumplimiento por parte del empleado y no hay otra forma de descubrirlo que poniendo la cámara.
La medida debe ser acorde y lo menos molesta posible para el trabajador. Sea como sea, los sistemas de grabación no pueden instalarse en secciones del lugar de trabajo diseñadas para el descanso.
Si se determina que la grabación vulneró el derecho a la intimidad del trabajador, el despido puede ser declarado nulo. Esto al haberse vulnerado un derecho fundamental.
Interrogatorio de las partes; trabajador y empresario
Cualquiera de las partes puede solicitar el examen de la otra, es decir, el empresario puede pedir al trabajador que declare, y viceversa. Sin embargo, un punto crítico a tener en cuenta es que el abogado del trabajador no puede solicitar que éste sea interrogado. Lo que quiera decir, debe incluirlo en la declaración de la demanda.
Es importante recordar que el abogado -o el trabajador social- actúa en nombre del trabajador, que no puede cuestionarse a sí mismo. Sí, el abogado del trabajador puede hacerlo, es decir, si el empresario busca el interrogatorio del trabajador, el abogado del trabajador puede hacerle las preguntas que considere oportunas.
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