Contratar Extranjero Para Servicio Doméstico: Guía

Descubre cómo contratar extranjero para servicio doméstico, en este artículo te dejaremos ver y conocer los lineamientos para legalizar y formalizar la relación de trabajo.

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¿Deseas contratar extranjero para servicio doméstico?

En el momento en el que decides y tomes la decisión para contratar extranjero para el servicio doméstico de tu hogar, deberás tener en cuenta cuáles son los requisitos principales, el estatus administrativo del candidato seleccionado, conocer los aspectos legales para formalizar la relación de trabajo, así como también los trámites a realizar.

Igualmente debes tomar en cuenta algo muy importante, el contratar a un trabajador sin autorización de residencia y trabajo, no formalizar un contrato laboral y no dar de alta al trabajador en la Seguridad Social,  constituyen infracciones graves de la Ley.

Si deseas más información legal, deberás asesorarte en el portal oficial de Seguridad Social, donde encontrarás los decretos y resolución para la contratación y formalización del proceso.

¿Quién o quienes pueden contratar extranjero para el servicio Doméstico?

Todas las personas naturales y jurídicas pueden contratar extranjero servicio doméstico, pero antes, deberán tener en cuenta los requisitos y documentos indispensables para la legalización y formalización del proceso.

Ten en cuenta la situación administrativa en que se encuentra el candidato a emplear, esto se debe comprobar mediante su tarjeta TIE (tarjeta de identificación extranjera), las cuales existen dos tipos, Nacionales de Terceros o Nacionales Comunitarios y Sus Familias. De esta manera sabremos si la persona que queremos contratar es:

  1. Ciudadana de la Unión Europea, de un país integrante del acuerdo sobre el espacio económico Europeo o de Suiza, puede trabajar con igualdad de condiciones como un trabajador Español. El mismo deberá solicitar la inscripción en el registro central de extranjeros a los 3 meses de residir en España. (En caso de no poseerlo).
  2. Familiar de Nacional Comunitario, incluidos Nacionales Españoles, deberán solicitar autorización de residencia como familiar de comunitario y podrán laborar con igualdad de condiciones como los trabajadores españoles.
  3. Ciudadanos Extracomunitarios, necesitan una autorización temporal de residencia y trabajo o una autorización de residencia de larga duración.

Si no posee tarjeta TIE o esta vencida probablemente no posea autorización de residencia y trabajo, si es el caso, será imposible formalizar el contrato de trabajo y/o darle de alta en la Seguridad Social.

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En el caso de estar vencida la tarjeta y ha solicitado su renovación, esto indica que su autorización será prorrogada. De esta manera podrá realizar un contrato extranjero para servicio doméstico y laborar. El mismo queda condicionado a la resolución favorable de la solicitud y dar en alta en la seguridad social.

Requisitos a incluir en la oferta de trabajo

Las principales condiciones para establecer e incluir en el contrato de trabajo y hacer de esta una oferta de laborar atractiva deben ser:

  1. Tiempo de duración de contrato
  2. Duración y distribución del tiempo presencial en el hogar.
  3. Régimen de las pernoctas del empleado del hogar en el hogar familiar.
  4. Condiciones laborales
  5. Funciones especificas
  6. Salario atractivo.

¿Sabes los pasos a seguir para dar de alta a una empleada del hogar?

Para dar inicio a este proceso legal, debes cumplir con los siguientes trámites legales:

  • Debes inscribirte en la Seguridad Social. Si aún no estas Registrado, entra a la página oficial y obtendrás un código de cuenta de cotización (CCC) usando el modelo TA.6-0138_HOGAR . Esta cuenta de cotización se mantendrá aunque vayas cambiando de empleado o contrates a más de uno.
  • También debes dar de alta al trabajador cumpliendo el  modelo TA.2/0138 con tus datos y los del empleado, las horas de trabajo, el salario que pagas y una cuenta bancaria en la que se cargarán las cotizaciones.

El contrato de trabajo firmado por ambas partes es importante para este proceso y en el mismo deben estar debidamente especificados las condiciones de la relación laboral. Una vez se tenga toda la documentación requerida, el empleador deberá presentarlo en una oficina de la seguridad social o a través del registro electrónico.

Como requisito indispensable se debe tener el Documento Nacional de Identidad o pasaporte de ambas partes, tener los impresos de alta en la seguridad social, estos trámites se pueden realizar de (3) tres formas diferentes:

  1. En una oficina de Tesorería General de la Seguridad Social.
  2. Por Internet, sede electrónica de la Seguridad Social.
  3. Contratando los servicios de Gestoría de Empleados del Hogar.

¿Si no doy de Alta en la Seguridad Social a mi empleada, tendré Sanciones?

Es obligatorio dar el alta en la seguridad social, ya que de no hacerlo puedes ser sancionado con una multa que oscila entre 3.126 y 10.000 euros y deberás pagar las cuotas que no han sido pagadas a la seguridad social durante todo el tiempo que el trabajador estuvo sin contrato. Además deberás tomar en cuenta los siguientes aspectos:

  1. El ingreso de la solicitud debe ser no mayor a los 60 días naturales.
  2. La solicitud debe contener como datos principales, Nombre o Razón Social del Empresario que solicita el alta.
  3. La variación de datos, tales como: Horario de trabajo, tipo de contrato, deberá tramitarse dentro de los 3 primeros días, hecho que lo motiva.
  4. Podrá reclamar impagos de salarios, horas extraordinarias y despidos.
  5. Todo trabajador que no haya sido dado de alta en la seguridad social, amerita sanciones al empleador.
  6. Una vez recopilada  y completada la documentación, el empleador ha de presentarlo en una oficina de la Seguridad Social o a través del registro electrónico.
  7. Otro de los principales riesgos es que sin contrato, la empleada del hogar no estará cubierta ante un accidente laboral, con todo lo que ello supone.
  8. En caso de recibir una Inspección de Trabajo, será el empleador el responsable de esta situación, independientemente de que haya sido la propia trabajadora del hogar la que haya pedido no tener contrato.

En la mayoría de casos, las excusas para no hacer contrato a una trabajadora doméstica son muy similares: son muy caras, tan solo trabajan un par de días a la semana, nadie se va a enterar, etc. También hay que destacar que en ocasiones son las propias trabajadoras las que no quieren contrato.

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