Comprenda las formas compensatorias laborales por indisposición temporal, lea el siguiente artículo y aprenda ¿Cuánto se cobra de baja?, ¡no te arrepentirás al leerlo!

¿Cómo y cuánto se cobra de baja por incapacidad?
Toda actividad laboral representa un riesgo para la salud del empleado, aún si Ud. solo trabaja desde su escritorio. Existen muchas posibilidades de producirse accidentes y enfermedades que puedan dar paso a la incapacidad del empleado de ejercer sus funciones y cumplir con lo pautado en su contrato.
Es así, como en todo proceso de contratación o pacto legal entre las partes (sea empresas o sociedades económicas), se deben contemplar los supuestos y posibilidades de ausencia o incapacidad para trabajar por accidentes y enfermedades y todas aquellas formas de compensación para la oferta laboral. Entonces, ¿cuánto se cobra de baja? aquí te lo explicaremos.
Para tener una referencia de cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral, el trabajador debe tomar en cuenta antes de exigir su paga:
- Si la baja es producto de un accidente laboral o enfermedad profesional, la compensación salarial será del 75% de su sueldo. Efectivo desde el primer día en que se de la baja o reposo.
- Si su ausencia se debe a una enfermedad común o un accidente NO LABORAL, recibirá su compensación a partir del tercer o cuarto día y será del 60% de su salario hasta el día 20, a partir del día 21 que percibirá un 75%.
¿Cuánto se cobra de baja si pasa del año?
En algunas situaciones la recuperación del paciente no ocurre de manera inmediata, esto suele ser una realidad en los casos de accidentes. Si el empleado debe permanecer convaleciente por un tiempo prolongado, o éste llega a cumplir los 12 meses existen consideraciones de ley.
Entonces, para conocer cuánto se cobra después de un año de baja, principalmente se debe tomar en cuenta la diferencia entre accidentes durante la jornada laboral y las que no son producidas en ese tiempo.
Accidente laboral
- El accidente laboral se cancela hasta por un año, según la explicación anterior.
- El accidente laboral, superior al año. Si han quedado secuelas graves del accidente el empleado puede percibir un subsidio. Cancelado según su base de cotizaciones y el tipo de incapacidad que ha sufrido a consecuencia del accidente.
Sobre la indemnización empresarial, de demostrarse que la compañía es responsable por causar el accidente y se encuentra estipulado en el convenio colectivo se procederá a exigir la ejecución del pago de la indemnización. Debe tomar en cuenta estos 3 puntos para reclamarlo:
- Incumplimiento de la medidas de seguridad por parte de la empresa.
- Que tenga ya un año trabajando para dicha empresa. De lo contrario la indemnización correrá por cuenta de la Seguridad Social.
- La existencia de una causalidad entre el daño al trabajador y la infracción al trabajador.
Es un punto delicado y sin una normativa preestablecida por la ley. Para saber cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral, en líneas generales dependerá de si la empresa asume la responsabilidad sobre el hecho del accidente. Por lo pronto se ha utilizado como referencia el baremo 8/2004 y que fue modificado en 01/2016 por Ley 35/2015, según lo que se plantea en la normativa de tránsito. Si los siguientes puntos son resultado del accidente, se le sumarán a la indemnización:
- Se le sumarán de 30 -100 € por día, por pérdida temporal de la calidad de vida.
- De requerir intervención quirúrgica, recibirá de entre 400-1.600€.
- La empresa costeará con todos los gastos médicos causados por el accidente, tratamiento posterior y rehabilitación.
Otras consecuencias graves como: pérdida de miembros, visión, interrupción de un embarazo, son estudiados y compensados de manera oportuna por la empresa, quedando contemplados según su gravedad sobre el pago base de la indemnización inicial, y pasan a ser bajas por incapacidad permanente. Existe una serie de consideraciones para cobrar la incapacidad permanente, lee sobre cuánto percibirías en el caso de no saber Cuánto cobraría por incapacidad permanente total
¿Me pueden despedir estando de baja por incapacidad?
Sí. La empresa puede alegar un despido objetivo o un despido disciplinario. En cualquier caso la empresa debe demostrar que la convalescencia del trabajador no es la causa de su despido.
Más aún, para hacer que el despido sea válido debe encontrar una forma legal para demostrar que la condición del empleado, no es la causa de su despido, que los gastos médicos o las posibles indemnizaciones no tienen ninguna razón de peso para la cesión de funciones.
Para impugnar su caso un Tribunal Constitucional puede emitir un fallo de improcedente o nulo. Y sancionar a la empresa con una de las indemnizaciones más altas a pagar.
Mi baja por incapacidad es no laboral
Tal y como se ha explicado, los reposos causados por accidentes y enfermedades comunes tiene una estipulación de ley. Y serán reconocidas en parte por la empresa y otra parte por la Seguridad Social.
Ahora bien si su accidente no laboral le ha dejado incapacitado para el trabajo, existen otras disposiciones de Ley ante la Seguridad Social para recibir subvenciones y ayudas para superar o soportar largos periodos sin un ingreso fijo por trabajo. Te invitamos a observar el siguiente video para que puedas conocer aún más sobre la baja laboral y cuánto puedes cobrar al estar en esta situación laboral.
Enfermedad laboral y la baja por incapacidad
Otra de las causas de las compensaciones salariales para los trabajadores, es la enfermedad laboral. Incluidas en la lista de accidentes laborales y no poseen una especificación, sin embargo, existen consideraciones propias como: enfermedades asociadas al manejo de productos químicos, túnel carpiano, estrés psicológico, entre otras.
Para ser diagnosticado con una, debe presentar un historial médico, producido por algún especialista del Servicio Público. Para obtener un aval clínico para obtener la baja por incapacidad debe estar soportada por una ruta de sugerencias médicas y revisiones para ser considerada responsabilidad de la empresa contratista.
De ser aceptado el diagnóstico médico, se cobrarán del mismo modo que los accidentes y se rigen bajo el mismo marco legal. Cancelando el 75% en base al sueldo desde el primer día de reposo.