Reconocimiento médico Estatuto de Trabajadores

Mantener vigilada la salud de los empleados es de suma importancia; el estatuto de trabajadores reconocimiento médico es necesario y obligatorio para el beneficio del cuerpo laboral.

estatuto-de-trabajadores-reconocimiento-medico-2
En el art 4 del ET se establece considera la permanente vigilancia de la salud del personal empresarial como deber y derecho

Cómo se establece en el Estatuto de Trabajadores el reconocimiento médico

Existe una dualidad entre la obligatoriedad de velar por la salud de los empleados, como derecho adquirido por los trabajadores y la necesidad de preservar la vida de quienes laboran en las empresas, así como sus familias. Viéndolo como un derecho éste ha quedado contemplado en el artículo 4 del estatuto de trabajadores reconocimiento médico; más aún el artículo 22 sobre la Ley de prevención de Riesgos Laborales, establece la normativa que regula los mismos.

Este estado dual se sostiene también por parte de los trabajadores, quienes también deben ver la revisión médica anual, como un derecho y una obligación. Por una parte, es obligatorio que el empleador permanezca vigilante de la salud de aquellos trabajadores que por el desempeño de sus funciones puedan poner en riesgo su salud. Esto se engloba en las acciones preventivas y evita los riesgos de bajas para la empresa.

Ahora aquellos trabajadores que no se ocupen de su salud de manera voluntaria, en buena medida ponen en riesgo la estabilidad de la planta de trabajadores aumentando los riesgos laborales.

¿De qué manera se cumple con las normativas para evitar los riesgos laborales?

Se considera un riesgo inminente a la salud del padrón laboral, si uno o varios empleados se rehúsan a cumplir con su reconocimiento médico anual. Para ejecutar tal función, se establecen varios compromisos entre el empleador y el empleado de manera contractual.

El artículo 14 sobre la Prevención de Riesgo Laborales dictamina que: “el empresario garantizará la seguridad y la salud de los trabajadores a su cargo”; y como se ha mencionado la vigilancia sobre la salud de los empleados en el artículo 22.

También se considera que la formación y la prevención son formas naturales en las que procura preservar la salud. Estos talleres de formación pueden impartirse dentro de las jornadas laborales, de tal manera que se cumple con las obligaciones empresariales de ley.

estatuto-de-trabajadores-reconocimiento-medico-3
El equipo médico que otorgue los reconocimientos deben ser reconocidos por el INSS y la empresa

Reconocimiento médico al iniciar la relación laboral

En todo inicio de la relación contractual o cuando se le asignan nuevas cargas laborales, es requerido un chequeo médico como uno de los pasos para consolidar el pacto entre las partes.

Ahora, si ésta solicitud se produce durante una selección de personal, es muy posible que el candidato o aspirante se niegue a cumplir con el proceso. Esto puede ser por temor a ser rechazados o discriminados durante la selección, por enfermedades de larga data, condiciones de fragilidad de salud, embarazo, entre otros. Estas pruebas médicas contarán con las siguientes requerimientos:

  • Confidencialidad sobre los resultados.
  • Siempre se optará por las pruebas menos invasivas para concretar el examen.
  • El trabajador o aspirante, siempre ha de ser informado sobre los procedimientos.
  • Todos los trabajadores y aspirante tendrán derecho a ver los resultados sobre sus exámenes.
  • El empresario conservará la documentación relacionada al procedimiento.

Tras la reincorporación por baja de salud

Es imprescindible que todo empleado que se encuentre de reposo o en calidad de incapacidad temporal; ya sean motivados por accidentes, enfermedades prolongadas u otros males de la salud (bien sea ocurridos dentro o fuera de la empresa); que pasen por el proceso de reconocimiento médico. La finalidad es establecer la reincorporación  o continuidad de tal incapacidad.

Estos son efectivos tanto para rendirle cuentas al empleador y cumplir con los requerimientos de ley. Tanto el empleado como el empleador se benefician de las revisiones; cuando el empleado cumple con las mismas obtiene los recursos para acudir a solicitar ayudas, cambio de situación laboral, entre otros mecanismos de ley.

Revisiones periódicas

El tipo de labor que cumplen los trabajadores influye en la agenda para el examen médico. Según el Real Decreto 286/2006, se contempla que aquellos trabajadores que se exponen a ciertas circunstancias durante sus actividades laborales, deben cumplir obligatoriamente con chequeos cada 3 ó 5 años. Para que los trabajadores sean requeridos con obligatoriedad a la revisión médica, estos deben cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Cuando se tiene certeza que la condición de salud del trabajador o trabajadores pone en riesgo al padrón
  2. Dependiendo de la proporcionalidad del posible riesgo
  3. Cuando sean absolutamente necesarias para continuar con la relación laboral
  4. Si el colectivo de trabajadores consideran que existe una necesidad específica para tal revisión médica

Ciertamente los trabajadores puedan negarse a acudir a estas citas de reconocimiento médico; sin embargo, la misma puede acarrear sanciones que pueden escalar hasta el despido. Para ello administrativamente hablando se le conoce como: “transgresión de la buena fe contractual”. Estos controles deben llevarse por personal sanitario capacitado y reconocido por la Seguridad Social y respetado por la empresa.

Condiciones de los reconocimientos médicos, riesgos y causalidades

Los reconocimientos médicos serán gratuitos, para aquellos trabajadores que requieran exámenes especiales de seguimiento y los mismos conlleven al desplazamiento, les será indemnizado por el traslado.

En caso de aquellos empleados que demuestren haber contraído una enfermedad profesional, podrán seguir con esta certificación el procedimiento para obtener la baja por enfermedad o en dado caso solicitar la incapacidad temporal permanente.

Esta misma condición aplica para aquellos trabajadores que han transitado por largos períodos de incapacidad temporal. En casos de necesitar prolongar los tiempos de recuperación, o de la revisión de casos de estudio es necesario asistir a las revisiones médicas establecidas por recaídas.

La revisión médica debe ser imparcial, por eso es muy probable que el trabajador no supere el diagnóstico de querer la reincorporación; y de ser calificado de NO APTO para la labor la empresa deberá aceptar el resultado, el articulo 52 del ET establece los parámetros legales. Cuidar de la salud es una responsabilidad individual, en muchos casos es una muy costosa; es bueno considerar aprovechar una revisión médica gratuita.

(Visited 765 times, 1 visits today)

Deja un comentario