Ineptitud sobrevenida: ¿Causal de despido objetivo?

Hoy en día, muchas personas no tienen un concepto claro sobre la ineptitud sobrevenida, no te conviertas en el siguiente, sigue leyendo este artículo y entérate de más.

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Se puede considerar una invalidez si la persona tiene la incapacidad igual o superior al 33%

¿Que es la ineptitud sobrevenida?

Es un concepto que abarca muchas aristas, pero la ineptitud sobrevenida se podría difinir como la ausencia de las condiciones necesarias para desempeñar su trabajo, esta ineptitud tiene origen en una imposibilidad legal, por temas de permisos necesarios o en una imposibilidad física, o pérdida de habilidad o deterioro de las condiciones personas ligadas al trabajo.

Estos casos se debe tener principal atención ya que la misma no se puede producir antes del ingreso el trabajador en la empresa, incluso explicado por la ley, que no se puede ni debe despedir a un trabajador por causa de ineptitud que pueda presentarse antes en el cumplimiento del período de prueba.

A continuación se muestra los posibles escenarios que podrían encontrarse, con respecto a la ineptitud sobrevenida, entre ellas están: la pérdida por parte de un conductor o de un taxista de su carnet de conducir, pérdida de un extranjero de su permiso de trabajo, pérdida de licencias para ejercer una profesión y lesiones permanentes que impiden al trabajador realizar funciones que impiden al trabajador de realizar las fundamentales.

Aspectos a tener en cuenta para la ineptitud sobrevenida

El empresario no puede alegar despido por ineptitud sobrevenida del trabajador si la misma, es el resultado de encomienda de distintas a las conocidas y resignadas. Asimismo, el empresario no puede despedir al trabajador por la circunstancia que causó el impedimento de realizar su trabajo que tiene un carácter temporal.

    1. Apto para su trabajo, en cuyo caso, el servicio de prevención considera que el trabajador está apto para realizar las tareas propias de su grupo profesional sin ningún tipo de limitación ni dificultad.
    2. Apto con limitaciones, el trabajador puede realizar la mayoría o todas de las tareas de su puesto de trabajo, pero con algunas limitaciones que obliga a la empresa a adaptar el puesto de trabajo.
    3. No apto, que implica que la persona trabajadora no esta capacitada para desarrollar su trabajo sin riesgo para su salud o para la de otros trabajadores.

¿Quieres saber más del despido por ineptitud sobrevenida? pues este vídeo es para ti, a través de este material podrás informarte sobre todo lo relacionado al tema y también ayudar a una persona que quizá se encuentre en esta situación.

La ineptitud por enfermedad e incapacidad temporal o incapacidad permanente

Generalmente se produce frecuentemente cuando el empleado después de pasar un período de tiempo extendido, recibe el alta médica o le deniegan la incapacidad permanente sin estar recuperado o apto para su puesto de trabajo.

Existen 3 maneras que permiten reconocer el estado de una persona para determinar si éste se encuentra disponible y en condiciones para llevar a cabo actividades de acuerdo al trabajo a través de un informe médico que contenga reconocimientos médicos, entre ellas se encuentran:

  • Apto para su trabajo, es el caso que el trabajador se encuentra en muy buenas condiciones para trabajar y que no limita realizar las tareas propias de la limitación ni dificultad.
  • Apto con limitaciones, de esta manera el empleado tiene las posibilidades de realizar la mayoría de las tareas del puesto de trabajo, por lo cual indica que la empresa debe adaptarse al puesto de trabajo.
  • No apto, implica que la persona trabajadora no está capacitada para tener un desenvolvimiento de trabajo sin que tenga un conjunto de riesgos para su salud o la de otros trabajadores.

Por otra parte, la empresa que realiza modificaciones técnicas afectan a funciones desempeñadas habitualmente, el empresario tiene el deber de ofrecer al trabajador cursos que permitan ayudar a la facilitación y adaptación de las modificaciones que se realizaron.  Evidentemente la modificación realizada por la empresa debe ser razonable y debe ser asumido por el trabajador.

Asimismo, el tiempo que se realiza por la formación se considera tiempo efectivo y el empresario, si después de este curso de formación el empleado no se adapta a las modificaciones, podrá despedirlo con causas entendibles si éste no se ajusta a los cambios o modificaciones dadas.

Indemnización que tiene derecho el trabajador

Como se mencionó anteriormente, en el despido por ineptitud sobrevenida en el caso de la indemnización el empresario tiene la obligación de abonar la cantidad  correspondiente a 20 días de salario por año de servicio.

Se debe hacer con una comunicación escrita, que se exprese con una causa de despido objetivo, además durante el período de preaviso el trabajador tendrá obligatorio 15 días de derecho a una licencia con la finalidad de buscar un nuevo empleo.

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¿Es posible impugnar un despido por ineptitud?

Al igual que el despido disciplinario, al trabajador se le brinda 20 días hábiles que dependiendo de la calificación, el despido se cataloga como procedente y la relación laboral se debe eliminar, por tanto, la indemnización recibida será previamente definida; a través de este artículo de la web oficial del Ministerio del Trabajo, te mostramos información detallada sobre el despido por ineptitud sobrevenida.

De la misma forma, si el despido se determina como improcedente, el empresario tiene la potestad de elegir la readmisión del trabajador, devolviendo la indemnización recibida, compensándolo económicamente. Mientras que el despido nulo se considerará y se producirá una readmisión inmediata de la empresa trabajadora, abonando salarios dejados de percibir.

¿Comunicación del despido por ineptitud sobrevenida?

La empresa se encuentra obligada a comunicarte por escrito el despido objetivo por ineptitud sobrevenida, mediante la llamada carta de despido, en ella se hará constar la causa del despido, ya sea por el motivo que se realiza, la concesión del plazo de preaviso de 15 días y contar desde la entrega de la carta hasta el día de finalización del contrato.

¿En algún momento te tocó Trabajar sin contrato? Si tu respuesta es afirmativa pues este artículo te servirá para obtener mejor respuestas sobre dudas que puedes aclarar, las consecuencias y mucho más.

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