Modelo de Solicitud Certificado Servicio Militar

Prestaste servicio militar y quieres saber cómo obtener el modelo de solicitud certificado servicio militar, sigue leyendo este artículo y te enseñaremos cómo.

modelo solicitud certificado servicio militar
¿Cómo y quién procesa esas solicitudes?

¿Sabes qué es el modelo de solicitud certificado servicio militar?

El Gobierno de España decidió simplificar el proceso para que cada persona que ha prestado el servicio militar pueda aprovecharlo. Aunque anteriormente no se tomaba en cuenta.

La decisión que se ha tomado para realizar esta solicitud, es que antiguamente prestar servicio militar no era considerado un trabajo, lo que traía como consecuencias que las personas no generaban cotización para la cita de Seguridad Social. Para introducir la solicitud deberá cumplir con las siguientes recomendaciones y requisitos :

  • Recomendaciones:
  1. Los trámites deben ser presenciales
  2. Deben ser presentados todos los documentos originales.
  • Requisitos:
  1. Solicitud impresa para certificado militar.
  2. Copia y Original del DNI
  3. Copia y Original de la Cartilla Militar (La Blanca).

¿Qué debo hacer si extravié mi Cartilla Militar ?

Si se te extravió la Cartilla Militar, deberás solicitarla de forma escrita y acudir al acuartelamiento donde prestó el servicio. En el caso de que ya no exista la unidad, deberás asistir a la Capitanía General.

Si la cartilla está expedida, deberás solicitarla ante la junta municipal o Alcaldía de Reclutamiento, con una fotocopia certificada que podrá ser del duplicado (hoja azul), triplicado (hoja amarilla) o de la hoja de notas azul (hoja grande) de su cartilla y presentarla ante la oficina que va realizar su trámite.

Cálculo para la cotización del servicio Militar. Modelo de solicitud certificado servicio militar

Para calcular el tiempo cotizado de tu vida laboral, deberás acreditar ante la Seguridad Social el tiempo que has tenido realizándolo. Acude a una instancia, a la subdelegación del Ministerio de Defensa y solicitas el documento que demuestre el tiempo que has pasado en el ejército. Completa con tus datos personales y anexas al trámite:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Cartilla militar.

Además, debes entregar la documentación que acredite los reenganches en el ejército o períodos voluntarios que hayas realizado, si lo que deseas es solicitar el reconocimiento de estos períodos de cara al cómputo de tu pensión de jubilación.

Una vez te sea entregado el certificado, que las instancias militares te entregará la delegación del Ministerio de Defensa España, luego deberás ingresarlo en la Seguridad Social indicando que deseas que se incluya en tu vida laboral.

Puedes acreditar un mínimo de 35 años cotizados, donde mínimo dos años debes haberlos trabajado en los 15 años inmediatamente anteriores a tu jubilación, puedes solicitar la jubilación anticipada.

Es decir, el retiro antes de los 65 años en los que hoy está fijada la edad legal para ello. Entonces, en el caso de que hayas hecho el servicio militar, podrías acreditar 34 años cotizados y sumar el año que pasaste en el ejército o realizando la prestación social sustitutoria, si en su día te declaraste objetor de conciencia.

Jubilación Anticipada Voluntaria y el Servicio Militar

El tiempo que dedicaste a la «Militancia» ese tiempo sí puede sumarse al cálculo del tiempo para la jubilación. Cabe destacar que, solo será útil para alcanzar o completar el período de cotización, cuando la jubilación sea anticipada, forzosa o voluntaria. Debemos recordar que el límite de tiempo es de un año.

Legalmente el cálculo de ese tiempo será perfectamente compatible cuando la pensión de jubilación y el servicio militar realicen el cálculo del tiempo de la jubilación.

En el caso de ser servicio militar no obligatorio

No existe una regulación o norma que se aplique, sin embargo, hay casos excepcionales. Uno de ellos es si puedes demostrar ante los entes que has prestado el servicio militar más tiempo del requerido, es decir, más tiempo legalmente necesario. Algunos casos particulares son los servicios voluntarios o reenganches militares una vez terminado el período del servicio militar obligatorio. Estos casos si se pueden sumar al cálculo de tu jubilación.

¿La prestación Social Sustitutoria cuenta para mi Jubilación?

Sí, este período de prestación de servicios tiene las mismas consideraciones a efectos de prestaciones de servicio militar. En el caso de haber realizado servicio militar, podrás calcular un determinado período, con un plazo máximo y solo en los casos de acceder a una jubilación anticipada.

El tiempo o período máximo a computar es de 12 meses. Un trabajador que desee obtener su jubilación anticipada por retiro involuntario y que acreditó 32 años de cotizaciones, podrá computar hasta 12 meses, es decir, 1 año de prestación social sustitutoria para alcanzar ese período mínimo de 33 años exigidos y así podrá jubilarse anticipadamente.

Para determinar el porcentaje de base reguladora que le corresponde, no se tendría en cuenta este período adicional, por lo que a dicho efecto acreditaría 32 años de cotizaciones.

Los trámites para solicitar el reconocimiento de los meses de prestación social sustitutoria deberá hacerlo ante el Centro de Atención al Ciudadano. Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia. Registro de Administración General del Estado. Registro de Administración de las Comunidades Autónomas.

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La ley contempla períodos de cotización mínimos.

¿Cómo solicitar mis semanas cotizadas en el ejercito?

Para solicitar las semanas cotizadas durante el tiempo o período que estuviste prestando el servicio militar independientemente del régimen en el que te encuentres afiliado, hay que dirigir una instancia a la Dirección General de Personal Militar (Área de Pensiones) de la Delegación del Ministerio de Defensa.

Esta instancia se puede presentar directamente en la Delegación de Defensa de la provincia. Una vez solicitado este será y deberá ser reconocido por el fondo de pensiones.

Para hacer efectivo el tiempo computable, solicita un certificado para el cómputo recíproco de cotizaciones (El Ministerio de Defensa dispone de un modelo estándar de instancia). Se puede presentar directamente en la Delegación de Defensa de la provincia donde, además, compulsarán las fotocopias.

Un mes después, la Delegación de Defensa entrega el certificado solicitado, en el cual se reconoce como tiempo cotizado el período de Servicio Militar que sobrepasó los 9 meses.

Este certificado deberá conservarse hasta que se solicite la pensión de jubilación a la Seguridad Social, momento en que tendrá que aportarse para que se compute este período como tiempo cotizado.

 

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