Perder ayuda por herencia: ¿Me quitan el subsidio?

Existen muchas personas que actualmente reciben ayudas económicas en España, por lo que el día de hoy hablaremos sobre perder ayuda por herencia, aclarando diversas dudas, a fin de que la información sea de gran utilidad para muchas personas.

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Comunica al SEPE cualquier cambio.

Perder ayuda por herencia

Cuando una persona que es beneficiaria de algún subsidio o prestación económica, recibe una herencia, tiene la obligación de informarla ante el Servicio Público de Empleo Estatal, ya que si no informa ese nuevo ingreso, puede perder ayuda por herencia. Al momento de pagar los impuestos por aceptar una herencia, la posibilidad de perder la pensión no contributiva o subsidio para mayores de 55 años, se ve incrementado.

Esto se debe a las obligaciones fiscales que surgen a partir del momento en que aceptamos la herencia, además de las obligaciones que tenemos ante el Servicio Público de Empleo Estatal, en caso de que te estés beneficiando de algún tipo de ayuda económica. A continuación te mostraremos los pasos a seguir para cumplir con las obligaciones ante el Servicio Público de Empleo Estatal, a partir de la aceptación de la herencia.

Comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal sobre la herencia

Cualquier persona que desee acceder a algún tipo de ayuda económica del Servicio Público de Empleo Estatal debe carecer de rentas, es decir, que el solicitante o la unidad familiar no puede tener rentas que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, lo que se calcula en 712,50 euros al mes. Es un requisito indispensable que debe ser cumplido al momento de solicitar la ayuda económica y durante todo el tiempo en que se esté recibiendo el dinero.

Al momento en que se solicita una prestación económica o subsidio, en el impreso de la solicitud se muestra una serie de obligaciones que deben ser cumplidas, las mismas se conocen como el compromiso de actividad. Dentro de estas obligaciones se encuentra informar al Servicio Público de Empleo Estatal sobre las variaciones que pueda surgir a la renta del beneficiario.

De este modo, el primer paso que debemos realizar al momento de recibir una herencia, es dirigirnos al Servicio Público de Empleo Estatal e informar nuestra situación de ingresos extraordinarios de modo que no sea necesario perder ayuda por herencia.

Acciones del SEPE, luego de comunicar la situación

Luego de haber comunicado al Servicio Público de Empleo Estatal sobre el cobro de la herencia, el organismo se encargará de realizar un nuevo cálculo de los ingresos que posee el solicitante, lo cual será realizado por períodos:

Primer mes posterior a la comunicación

El Servicio Público de Empleo Estatal realiza un recálculo de los ingresos que posee el solicitante a partir del importe total de la herencia, de este modo se determina si ha de perder ayuda por herencia o no:

  1. En caso de que el resultado que dividir el ingreso de la herencia en doce partes iguales no excede el monto de 712,50 euros, que sería el 75% del Salario mínimo Interprofesional, el beneficiario podrá seguir cobrando el subsidio sin problema.
  2. Si el monto resultante de la división del ingreso en doce partes iguales supera los 712,50 euros, el abono de la prestación se suspende por un mes, es decir, que en el mes que se declaró el ingreso extraordinario no podrá cobrar la ayuda económica del SEPE, pero para el siguiente mes podrá cobrarla sin problema.

Dos meses después de la comunicación

Una vez culminó el primer mes, el Servicio Público de Empleo Estatal debe verificar que el ciudadano siga cumpliendo los requisitos para mantener el cobro de la ayuda económica. En este recálculo el organismo va a tomar en cuenta los rendimientos mensuales de los que surgen los ingresos recibidos. A partir de ahí, puede perder ayuda por herencia o mantenerse el cobro del subsidio.

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Evita las sanciones

Plazo para comunicar al SEPE y no perder ayuda por herencia

El plazo para llevar a cabo la comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal sobre el cobro de la herencia es de 30 días, que corren a partir del momento en que firma ante un notario la escritura de la aceptación de la herencia. Si estás percibiendo una ayuda o subsidio y no comunicas al SEPE sobre el ingreso extraordinario corres el riesgo de perder ayuda por herencia.

En caso de que no notifiques el ingreso extraordinario en el plazo establecido, el Tribunal Supremo tomará la decisión de retirar el subsidio, además de que tendrás de devolver el dinero que hayas cobrado de la herencia, sin importar la cuantía de la herencia, ya que la pérdida de la ayuda económica es una sanción destinada a las personas que incumplen con las obligaciones que impone la normativa por desempleo.

Esta sanción se encuentra regulada por los artículos 25 y 47 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Para comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal sobre el ingreso extraordinario, deberás solicitar cita previa o dirigirte a la oficina más cercana a tu domicilio. Asimismo, puedes ingresar a la página web del SEPE para mayor información.

Comentario final sobre perder ayuda por herencia

Es imprescindible evitar a toda costa las sanciones del Servicio Público de Empleo Estatal, aun cuando el ingreso de la herencia dividiéndolo entre 12 partes iguales, no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, puesto que se han visto casos en que ciudadanos han recibido una herencia de aproximadamente 8.200 euros, al tiempo en el que se beneficiaban de un subsidio del SEPE y no informaron al organismo sobre este ingreso extraordinario en el plazo establecido. Por lo que han sido sancionados con la pérdida del subsidio y la obligación de devolver todo el monto que cobraron de la herencia.

‘’Una ciudadana percibió, como incremento patrimonial, un bien inmueble valorado en 8.275,57 euros, como consecuencia de la adjudicación y aceptación de una herencia en hecho 1 de abril de 2014, sin que comunicara este extremo al SEPE hasta el 24 de septiembre de 2015, con lo cual se ha producido un incumplimiento de obligaciones establecidas en la legislación sobre desempleo, por la falta de comunicación al momento en que se produce.’’

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