Prestación canaria de inserción: Principales documentos

¿Conoces acerca de la prestación canaria de inserción? No te preocupes, en este artículo hablaremos acerca de qué es y cuáles son los documentos necesarios que deberás utilizar.

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Conoce sobre como obtener la PCI.

Prestación Canaria de Inserción

En cada comunidad autónoma existen ayudas, llamadas salarios sociales o rentas de inserción, destinadas a las personas que no tienen medios ni ingresos para cubrir sus necesidades básicas.

En Canarias esta ayuda es la Prestación Canaria de Inserción, que se concede durante un año y podrá ser renovada por períodos de 6 meses hasta llegar a los dos años, con carácter general. Están cobrando la renta de integración unas 12.000 familias canarias al año.

La Prestación Canaria de Inserción es una ayuda económica básica cuyo objetivo es apoyar a la integración social. Su público objetivo se centra en las personas cuya situación es de pobreza, marginación y exclusión social, esto para lograr que consigan su inserción social, económica y laboral.

Esta Prestación Canaria de Inserción cuenta con una cuantía mínima cuyo importe son unos 486 euros aproximadamente, esto en caso de solicitarlo una persona que vive sola y no tiene ningún tipo de ingreso. La cuantía irá aumentando en función del número de miembros que formen la unidad de convivencia y podrá ser inferior al mínimo indicado anteriormente en caso de recibir otros ingresos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar?

  • Deben estar empadronados, esto con una antelación mínima de seis meses a la fecha en la cual se hizo la solicitud. Podrá hacerlo en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma y se le requerirá a los titulares los documentos pertinentes que justifiquen debidamente el acuerdo de empadronamiento.
  • Es fundamental residir de forma ininterrumpida en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, como mínimo, durante los tres años inmediatamente anteriores a la fecha en la cual se llevó a cabo la solicitud de la presentación. Deberá ser acreditado por cualquier medio de prueba que sea válido en derecho.

Las siguientes personas quedarán exenta de cumplir con este requisito

  • Los emigrantes canarios retornados, cuando fijen su residencia en el territorio de la Comunidad Autónoma y se empadronen, previamente a su solicitud, en uno de sus municipios.
  • Todo aquel que haya tenido reconocida la condición de refugiado por el organismo competente de la Administración General del Estado, o aquellas personas cuya solicitud de asilo se hubiese admitido a trámite o, no habiendo sido admitida ésta, tengan los solicitantes autorizada su permanencia en España por razones humanitarias o de interés social, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la condición de refugiado y de la normativa reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  • Aquella persona que previo a la solicitud, haya residido durante tres de los últimos 5 años en el territorio de la Comunidad Autónoma.
  • Estar empadronado y llevar viviendo al menos un año en cualquier municipio de las Islas Canarias, salvo excepciones.
  • Carecer de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas y no residir en centros donde estén cubiertas las necesidades básicas con carácter general y de forma permanente. En el siguiente apartado explicamos el tope de rentas de la unidad familiar en 2018.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo, exceptuando aquellos miembros que se encuentren imposibilitados de alguna forma según la normativa vigente en materia de empleo, o escolarizados en estudios reglados.
  • Ser mayor de 25 y menor de 65, si bien también podrán ser titulares aquellas personas que, han reunido diferentes requisitos. Recordamos que puede visitar la página del Gobierno Canario para más información detallada.
  • Todas aquellas personas que, aún sin cumplir con los requisitos pertinentes, también podrán ser beneficiarias de la ayuda; esto siempre y cuando concurran circunstancias que las coloquen en situación de extrema necesidad.

Excepciones

Existe la posibilidad de que, excepcionalmente, se conceda la ayuda a personas que no cumplen todos los requisitos, si se da un caso de extrema necesidad. De hecho, el 16 de mayo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial Canario un Real Decreto por el que se modificaban algunas condiciones de esta ayuda, entre ellas “las personas que sin cumplir todos los requisitos anteriores se encuentren en situación de necesidad y sean víctimas de violencia doméstica, personas sin hogar o en proceso de desahucio”, entre los supuestos más destacados.

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¿Cómo solicitar la Prestación Canaria de Inserción?

Es posible realizar esta gestión de forma presencial o por Internet (sólo cuando se dispone de certificado digital o DNI electrónico).

Solicitar la Prestación Canaria de Inserción presencialmente

Puedes presentar la documentación en los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento. Recuerda preguntar cual es el tiempo que tardan, con carácter general, en dar una respuesta, así podrás hacerte una idea.

Cómo solicitar la Prestación Canaria de Inserción por Internet 

Para realizar este trámite por internet es necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico. Si dispones de alguno de estos medios de identificación, puedes acceder a la tramitación electrónica desde este enlace oficial.

¿Qué documentación se debe presentar?

Será necesario acompañar la solicitud de la prestación con el DNI o NIE de los miembros de la unidad de convivencia, certificado de empadronamiento, libro de familia, declaración de la renta, vida laboral, tarjeta de demandante de empleo y copia de los extractos bancarios que reflejen el saldo medio de los tres meses anteriores.

En cualquier caso, según la situación, también habrá que aportar documentos como el documento de residencia legal, último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles o resolución judicial de divorcio.

¿Cuándo se cobra la Prestación Canaria de Inserción?

El pago se realiza los primeros días de mes y se efectúa a mes vencido. Es decir, si conceden la ayuda el día 5 de junio, la parte correspondiente a junio se cobra durante los primeros días del mes de julio y así sucesivamente.

Esto ha sido todo por esta ocasión. Le invitamos a que le eche un vistazo más en profundidad a los artículos que tenemos en nuestra web, tal como éste sobre cotización a tiempo parcial a efectos de jubilación. También le recordamos que puede visitar la página oficial del Gobierno Canario para información más detallada.

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