¿Si me voy del trabajo tengo derecho al finiquito?

Una pregunta frecuente entre trabajadores que quieren progresar en otros lados es: ¿si me voy del trabajo tengo derecho a finiquito? Aquí te explicamos cómo podrás gozar de este derecho. No obstante, deberás hacer algunos trámites pertinentes para obtenerlo. Sigue leyendo, para saber cuáles son.

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Todo trabajador que ya no desee estar en su empleo, tiene derecho a un finiquito

¿Si me voy del trabajo tengo derecho a finiquito?

El finiquito, es conocido como la liquidación que se tiene al presentarse la extinción laboral, cuyas cuantías varían según los saldos de horas extraordinarias, vacaciones no pagadas, salario, etc.

Independientemente de cómo haya sido la extinción laboral, el finiquito deberá otorgarse a todo empleado que se halle en la nómina y presente todos los requisitos, para cancelarle todas las deudas que se tengan, por la prestación de sus servicios.

De modo que, si tu despido es voluntario, no deberás tener ningún impedimento que prohíba recibir el finiquito. Aunque, puede suceder que la empresa se niegue hacer la liquidación correspondiente. En ese caso, tu deber próximo será el de denunciar esta falta de responsabilidad ante los tribunales.

¿Quién regula el finiquito?

Para obtener información a fondo de la regulación y normativas del finiquito, se podrá encontrar en el Estatuto de los Trabajadores bajo el artículo N° 49.2 “Motivos por los que se puede extinguir un contrato de trabajo”. A continuación, te enumeramos las secciones que se avalan en él.

  1. Por mutuo acuerdo de las partes.
  2. Todas las causas consignadas deberán ser validadas en el contrato.
  3. La expiración del tiempo establecido o la realización del servicios, obra u objetivo del contrato. Siempre y cuando exista el preaviso que indique el convenio colectivo.
  4. Por deceso, gran invalidez, incapacidad permanente, total o absoluta del empleado.
  5. Retiro por motivos de jubilación.
  6. Fallecimiento, jubilación o incapacidad del empresario. También, puede ser por parte de extinción de la personalidad jurídica del contratante.
  7. Dado a una fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo.
  8. Por despido del empleado o un despido colectivo.
  9. Por la voluntad del empleado, fundamentada en un incumplimiento contractual del empleador.
  10. Por causas objetivas que sean legalmente procedentes.
  11. Por decisión del empleado, a consecuencias de ser víctima de violencia de género.

¿De qué se compone un finiquito?

En cuanto a los componentes o partes estructurales del finiquito, mencionaremos el siguiente listado que se toma en cuenta al momento de analizar su solvencia:

  1. Horas extraordinarias: pagas proporcionales no percibidas y/o que aún no se hayan abonado.
  2. Importe de vacaciones restantes: se refiere a los días a los que se haya tenido derecho y no se han aprovechado.
  3. Paga de beneficios como bonos u otros conceptos similares.
  4. Salario de los últimos días laborales.

Para mayor información, sobre el finiquito, puedes visitar la sede electrónica de El Ministerio de Trabajo y Economía Social. Y si estas en proceso de realizar la extinción de tu contrato laboral, puedes descargar el modelo de liquidación y finiquito.

¿Si tengo derecho al finiquito, también puedo reclamar una indemnización?

Te repetimos nuevamente. Siempre que finalice una relación laboral, el empleado tendrá derecho a percibir un finiquito. Ya sea que la causa de la ruptura contractual haya sido por cualquier tipo de despido, baja voluntaria, etc.

Sin embargo, hay que aclarar que un finiquito no se trata de una indemnización. Y, por ende, son dos casos aparte. Dado a que, una indemnización solo se otorga cuando hay un despido -exceptuando si se trata de un despedido disciplinario procedente-. El cual, podrá cobrarse, junto al finiquito.

Igualmente, pasa con las prestaciones por desempleo, las cuales solo podrán percibirse si hay un despido -de cualquier tipo- o si se produce una extinción laboral del contrato, por causas ajenas al empleado.

¿Qué consecuencias pueden ocasionarse si la empresa no pasa el finiquito?

Probablemente, esta pregunta sea la que antecede a nuestra duda principal de ¿si me voy del trabajo tengo derecho al finiquito? Sin embargo, en este caso, te reiteramos que puedes tomar medidas al respecto. Realizando un reclamo o demanda ante los tribunales.

Aunque si lo que deseas es evitar la vía judicial, puedes optar por reclamarle directamente a la empresa, para buscar una conciliación antes de involucrar todo el proceso legal. Ahora bien, se recomienda hacer esto de forma escrita para que quede una constancia de la reclamación.

De tener una negativa ante la conciliación, teniendo a un empresario que ignora el reclamo, el empleado tendrá derecho con el lapso de todo un año, para reclamar por la vía judicial el pago del finiquito.

Tomando en cuenta siempre que dicho plazo comienza desde la fecha en que la empresa debió hacer la cancelación del finiquito. En este proceso se incluye la presentación de una papeleta de conciliación y, de ser necesario, la demanda ante el Juzgado de lo Social.

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¿Qué pasa si no hay conformidad con el finiquito?

Suele suceder que, al liquidar las cuantías del finiquito al empleado, éste no esté conforme con las cifras que se le han reconocido. Por lo tanto, para comprobar y reclamar con bases fundamentadas, el empleado, en compañía de sus asesores legales, deberán realizar los cálculos.

Éstos, deberán ser exactos y todos deberán corresponder a los diversos conceptos que se han estipulado con anterioridad. A su vez, de persistir con las dudas, es conveniente para la parte acusadora,que se pidan cuantías más elevadas a las que se reflejan en el documento actual.

Aunque haciendo esto último, no garantiza que el pago será por esa cifra. Más bien, legalmente no está permitido que se reclame más de lo que ya se ha exigido en un principio en la papeleta de conciliación presentada ante el juzgado.

Por último, muchos trabajadores se cuestionan la importancia de firmar el finiquito, en especial si al final siguen teniendo dudas sobre el acuerdo concretado. Es decir, ¿firmarlo es realmente imprescindible?

Pues, no. Firmar el finiquito es una decisión propia, por lo que no es estrictamente necesario si no quieres hacerlo. De hecho, pues firmarlo y aún expresar un desacuerdo a la cuantía que se está recibiendo. Que, en este caso, se tomaría como una firma “No Conforme”.

 

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