Si mi marido trabaja puedo cobrar el subsidio también

En esta oportunidad hablaremos sobre las prestaciones por desempleo, ya que actualmente surge la interrogante de ¿si mi marido trabaja puedo cobrar el subsidio?, por lo que aclararemos cualquier duda sobre este tema, a fin de que la información le sirva a mucha gente.

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Accede al subsidio por desempleo aunque tu pareja se encuentre laborando.

Si mi marido trabaja puedo cobrar el subsidio

La interrogante del día de hoy es ¿si mi marido trabaja puedo cobrar el subsidio? la respuesta es sí, tienes completo derecho de cobrar tu prestación por desempleo. En caso de que ya hayas agotado la ayuda por desempleo y quieras saber si puedes pedir la ayuda mientras tu pareja está trabajando, la situación cambia, ya que va a depender del caso en el que se encuentren, por lo que en ocasiones si y en otras no.

Es posible acceder al subsidio por desempleo que ofrece el SEPE siempre que la unidad familiar no supere una renta mayor al 75% del monto del Salario Mínimo Interprofesional, excluyendo los ingresos de las pagas extraordinarias. El monto que constituye actualmente el 75% del Salario Mínimo Interprofesional es de 650 euros al mes, por lo que los ingresos de la unidad familiar no pueden exceder este monto.

La unidad familiar está constituida por ti, tu cónyuge, sus hijos menores de 26 años de edad, e incluso los hijos del cónyuge aunque no sean tuyos, esto siempre y cuando convivan en el mismo hogar.

En el caso de las parejas de hecho, es importante aclarar, que según lo establecido por la jurisprudencia, no se encuentran contemplados dentro de la unidad familiar. Es imprescindible que al momento de solicitar la prestación por desempleo, se tengan ciertas responsabilidades familiares.

¿Puedo cobrar el subsidio por desempleo si mi marido trabaja?

Existen diversos subsidios y ayudas económicas que exigen al solicitante tener responsabilidades familiares, lo cual implica que la persona interesada en recibir el subsidio, tenga a cargo a su cónyuge o hijos menores de 26 años de edad, siempre y cuando no posean ningún tipo de incapacidad, por lo que en caso de ser incapacitados, los hijos pueden tener cualquier edad.

Los miembros que se encuentran a cargo del solicitante se determinan cuando ellos no poseen rentas propias que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, como lo explicamos anteriormente, lo que significa, que no deben ganar más de 712,50 euros al mes para el año 2021.

Además de tener familiares a su cargo, entre las responsabilidades familiares también se encuentra que la unidad familiar no debe superar los 712,50 euros al mes, es decir, que al momento de sumar el total de ingresos que obtiene cada miembro de la unidad familiar y dividir el resultado entre la cantidad de miembros, no se deben superar los 712,50 euros mensuales de media.

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Todos pueden acceder al subsidio por desempleo, siempre que la unidad familiar no supere el 75% del SMI.

Subsidios que se pueden solicitar sin tener responsabilidades familiares

Existen ciertas prestaciones que se le pueden conceder a una persona en situación de desempleo sin la necesidad de tener familiares a su cargo, ni tener en cuenta los ingresos de los demás miembros de su familia. Entre las ayudas sin responsabilidades familiares tenemos:

  • Prestación contributiva: Es una ayuda económica que se cobra cuando el desempleado haya cotizado al menos por 360 días, sin consumir en los últimos 6 años.
  • Subsidio por cotización insuficiente: Es una ayuda económica dirigida a aquellas personas que no han logrado acumular los 360 días de cotizaciones, por lo que solo se requiere haber acumulado entre 180 y 359 días de cotización, sin tener responsabilidades familiares.
  • El subsidio para mayores de 45 años sin responsabilidades familiares, es designado solo a aquellos que ya han agotado su prestación contributiva.
  • El subsidio para emigrantes retornados
  • El subsidio por revisión de incapacidad
  • El subsidio para liberados de prisión

Ayudas económicas con responsabilidades familiares

Para llevar a cabo la solicitud de estos subsidios o ayudas económicas, es necesario poseer responsabilidades familiares y carecer de rentas de la unidad familiar, sin superar los 712,50 euros al mes. Las ayudas que requieren de responsabilidades familiares son las siguientes:

  • Ayuda familiar: Estas ayudas se designan en dos modalidades: subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares y el subsidio por cotización insuficiente con responsabilidades familiares.
  • Subsidio extraordinario por desempleo SED: Es una ayuda por 6 meses de duración para los desempleados que poseen responsabilidades familiares que ya hayan agotado todas las ayudas y subsidios extraordinarios.

Requisitos para solicitar el subsidio

Como hemos visto anteriormente, es indispensable cumplir con una serie de requisitos para poder saber si mi marido trabaja puedo cobrar el subsidio, los cuales mostraremos a continuación:

  • Haber agotado el paro.
  • Haberse inscrito como demandante de empleo.
  • Carecer de rentas, lo cual significa que no deben tener los ingresos suficientes para satisfacer las necesidades básicas.

Estos requisitos son los principales para solicitar el subsidio, aunque dependiendo del tipo de subsidio que vayas a solicitar, puede que te pidan otros requisitos de debes cumplir.

Documentos requeridos

Es necesario presentar la siguiente documentación para poder llevar a cabo tu solicitud:

  • Presentar el modelo oficial de la solicitud.
  • Fotocopia del documento de identidad, ya sea DNI, NIE o TIE.
  • Documento de una entidad financiera donde se aprecie el número de cuenta al que se abonará la ayuda económica.

Luego de verificar que cumples con los requisitos y posees la documentación necesaria, puedes llevar a cabo tu solicitud, ya sea de forma online en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal o de forma presencial en la oficina más cercana a tu domicilio.

La cuantía de esta prestación, en respuesta a si mi marido trabaja puedo cobrar el subsidio, es establecida de forma anual, aunque debe ser igual al 80% del IPREM, el cual para el año 2020 se establece en 537,84 euros, cuyo 80% sería 430,27 euros.

Dicho monto puede variar según la jornada laboral o si es una persona mayor de 52 años de edad. Finalmente, el subsidio será abonado los días 10 y 15 de cada mes, en la cuenta de banco que suministraste al momento de realizar la solicitud. También te puede interesar saber sobre: Parados de larga duración.

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