En este artículo hablaremos de cómo solicitar incapacidad sin estar de baja. Sigue leyendo para que te enteres de cada detalle que necesitas saber sobre esto.
Solicitar Incapacidad Permanente sin estar de baja
La incapacidad permanente de un trabajador se refiere a que, tras recibir el tratamiento prescrito, presenta cambios anatómicos o funcionales significativos presumiblemente permanentes que limitan o eliminan su capacidad laboral. Ahora, ¿se puede solicitar incapacidad permanente sin estar de baja? Aunque no estés de baja médica, sí puedes solicitar la incapacidad permanente.
Una de las cuestiones que más se plantean es, si estar de baja médica es un requisito indispensable para solicitar la incapacidad permanente. Aunque estar de baja médica sería lo mejor, la respuesta es que no es un requisito, por lo que se puede solicitar la incapacidad permanente sin estar de baja.
¿Cómo se puede solicitar una incapacidad permanente?
Al no estar de baja médica o incapacidad temporal, sólo existe una opción para solicitar la incapacidad permanente. El paso inicial es presentar el documento de solicitud de incapacidad permanente, que otorga el INSS. Eso junto con la documentación clínica y los otros documentos necesarios.
La decisión del INSS sobre el reconocimiento o no de una incapacidad permanente puede ser positiva o negativa. El INSS tiene un plazo máximo de respuesta de 135 días. Concedida la incapacidad permanente, la resolución especificará si es parcial, total, absoluta o grave, así como la cuantía de la mensualidad a percibir.
Si la solicitud de reconocimiento de incapacidad permanente de una persona es denegada, tiene 30 días para presentar el correspondiente recurso, denominado reclamación previa. Como última opción tienes la presentación de un reclamo en los tribunales, si la reclamación previa sigue siendo denegada.
Cabe destacar, que si el INSS acepta el reconocimiento de una incapacidad permanente, también tenemos la opción de presentar una reclamación previa si no estamos de acuerdo con el grado reconocido. Pero, si nos reconocen una incapacidad permanente total y contemplamos que nos corresponde el reconocimiento de una incapacidad absoluta, podemos apelar la decisión por desacuerdo.
Solicitar la incapacidad permanente por el trabajador
Normalmente, durante la baja médica, el trabajador desea solicitar la incapacidad permanente. Durante este tiempo, el trabajador será atendido por el servicio público de salud, por una mutua o por el INSS, en función del origen de su incapacidad.
Cualquiera de estos organismos puede iniciar un procedimiento de incapacidad permanente si considera que las lesiones del trabajador son lo suficientemente graves como para justificar la concesión de una incapacidad permanente.
El trabajador puede iniciar el procedimiento por sí mismo, si ninguna de las anteriores entidades lo inicia. Hay que considerar que si no ha habido una incapacidad temporal previa, el trabajador obligatoriamente debe promover la solicitud , ya que nadie la iniciará en su nombre.
Para comenzar el proceso, el trabajador debe rellenar el formulario de solicitud de Incapacidad Permanente y Lesiones Permanentes No invalidantes y presentar las pruebas requeridas. Pueden presentarse informes privados, historiales médicos del sistema público de salud y cualquier otro material que el trabajador considere relevante.
La solicitud debe presentarse junto con la documentación requerida en cualquiera de los centros de atención e información del INSS. Puede hacerlo solicitando una cita previa, pidiéndola en la sede electrónica o en el registro presencial que hay en cada sede del INSS. En el caso de la sede electrónica, no se requiere un certificado electrónico.
Requisitos para solicitar una incapacidad permanente
Para una solicitud de incapacidad permanente, existen dos requisitos importantes:
- Las lesiones físicas o psicológicas del trabajador. Las limitaciones funcionales del trabajador deben ser persistentes o de larga duración. Se trata sobre todo de un problema médico que debe estar relacionado con la ocupación regular del trabajador. Teniendo en cuenta que, en función de la ocupación habitual del trabajador, una misma lesión puede justificar una incapacidad permanente para un trabajador pero no para otro.
- El número de años de cotización y la base reguladora. Se trata de una cuestión laboral. Se exige un número de años de cotización para tener derecho a la indemnización por incapacidad permanente. En caso de accidente laboral o común o enfermedad profesional, no se exige cotización previa, sin embargo se requiere un tiempo mínimo de cotización en caso de incapacidad por enfermedad común.
¿Qué tipos de incapacidad permanente existen?
En España existen cuatro tipos de incapacidad permanente en función de las limitaciones del trabajador: parcial, total, absoluta y gran invalidez.
Incapacidad permanente parcial
Se aplica a los trabajadores que pueden seguir realizando su trabajo habitual pero tienen más de un 33% de dificultad para llevar a cabo las tareas más importantes.
Se basa en una única indemnización que totaliza 24 mensualidades, que permite al trabajador seguir trabajando en su profesión habitual y es compatible con cualquier labor.
Incapacidad permanente total
Cuando un trabajador no puede realizar ninguna de las labores propias de su profesión regular ni las tareas principales que requiere su puesto de trabajo, se considera que tiene incapacidad permanente total.
Reconocerla, inhabilita al trabajador para realizar las tareas propias de su profesión usual, pero le permite ejercer una nueva de manera que es compatible con el desempeño de otra distinta.
Basada en un pago mensual del 55% de la base reguladora durante el resto de su vida (o del 75% al cumplir los 55 años, siempre que no realice ninguna otra actividad laboral).
Incapacidad permanente absoluta
La incapacidad permanente absoluta es la que inhabilita al trabajador para llevar a cabo cualquier oficio o profesión. El reconocimiento de esta incapacidad, generalmente, imposibilita al trabajador a desempeñar cualquier otra tarea y es incompatible con la actividad laboral. Radica en un pago mensual del 100% de la base reguladora durante el resto de su vida.
Gran Invalidez
Cuando un trabajador tiene una incapacidad permanente absoluta y adicionalmente requiere de la ayuda de otra persona para realizar las tareas diarias de la vida, como vestirse, desplazarse, comer, etc., se habla de gran invalidez.
Lo que diferencia principalmente a la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez es el punto, de que si las tareas cotidianas requieren o no la ayuda de otra persona. El monto de la prestación por gran invalidez se conforma por la pensión respectiva por incapacidad permanente absoluta más un complemento.
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