Si lo que quieres es saber qué es la sucesión de empresas, sigue leyendo este interesante artículo sobre el tema en el que aprenderás todos los aspectos importantes, cómo se produce los cambios de titularidad y mucho más.

¿En qué consiste la sucesión de empresas?
La sucesión de empresas se da cuando se cambia la titularidad de una empresa, o de un centro de unidad productiva o autónoma, cabe destacar que cuando se producen estas transmisiones de titulares no extingue la relación laboral, siendo el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones de la Seguridad Social, incluyendo los compromisos de pensiones, así como las obligaciones en materia de protección social complementaria.
Continuando con el orden de ideas, cuando se habla de la Seguridad Social, el cedente es quien entrega la empresa y el cesionario es quien la recibe y se responsabiliza de todos los aspectos anteriormente mencionados e incluso en la posterioridad de la transmisión cuando la cesión se haya declarado como un delito.
De la misma forma, es pertinente mencionar que aunque la relación laboral que mantiene un trabajador con su empresario es de completo carácter personal, la ley contempla consecuencias en el cambio de titularidad de la empresa, debido a que establecen una orden de trabajadores que no se vean burlados sus derechos.
De la misma forma se entiende que la relación laboral que por lo general mantiene con el empresario es de carácter personal, y la ley en sí contempla consecuencias del cambio de titularidad de la empresa, entendiéndose así que los trabajadores no deben ser burlados de sus derechos, quedando el nuevo empresario responsable de las cuestiones laborales.
Si quieres saber más de la jurisprudencia en la sucesión de una empresa puedes consultar la página web oficial del Estatuto de Trabajadores La regulación de dicha sucesión de empresa está reflejada en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, de manera que se destacan los siguientes aspectos:
- Una vez se produzca el cambio de titularidad dentro de una empresa, ya sea un centro de unidad productiva autónoma o lo que desees, este no extinguirá en si mismo la relación laboral.
- Sin problema alguno, la legislación de la Seguridad Social, el cedente y el cesionario siempre responderán solidariamente durante 3 años de las obligaciones laborales nacidas con anterioridad a la transmisión.
- Adicionalmente tendrán que responder solidariamente de las obligaciones nacidas con posterioridad a la transmisión, cuando la cesión se llegue a declarar como delito.
Requisitos para la sucesión de empresas
Para un cambio de titularidad siempre deben existir una serie de requisitos para llevar a cabo dicha funcionalidad, tales como:
- Requisito objetivo: Una de las cosas que debe mantenerse es la permanencia de la empresa como unidad en sus factores técnicos, organizativos y patrimoniales. En otras palabras, quiere decir que siempre la empresa siempre mantendrá su identidad pesar del cambio como conjunto organizado de elementos que permiten trabajar en la empresa.
- Requisito subjetivo: Esto suele ser de los requisitos más exigentes cuando se hace el procedimiento ya que tiene que existir una transmisión directa del antiguo empresario a uno nuevo y distinto que se hará cargo en lo sucesivo de la actividad empresarial.
Obligaciones de información en la sucesión de empresas
Es de carácter obligatorio la información directa entre cedente y cesionario a los representantes legales de los trabajadores afectados, ya sea por el cambio de titularidad: fecha y motivos de la transmisión, consecuencias y medidas previstas.
Asimismo, el deber de informar debe ser primordial, ya que se debe mantener, y aunque no haya representantes de los trabajadores, se debe informar al menos a los mismos trabajadores o afectados.
Es importante que lo hagan con suficiente antelación, en el supuesto cesionario debe realizarse antes de que los trabajadores se vean afectados en sus condiciones de trabajo. De la misma forma, las sucesiones de empresas suelen producirse a causa de una fusión donde se debe informar al tiempo de las distintas convocatorias de las juntas de socios.
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¿Qué hacer si existe despido improcedente?
En el caso de que se presente un despido en sucesión de empresas, y sea de manera improcedente, lo correcto es que una vez sea entregada la empresa a la persona cesionaria, éste podrá dirigirse contra esta última para solicitar una indemnización debida por el despido presentado o en caso contrario solicitar la readmisión.
¿Se realizan períodos de consultas para proteger a los trabajadores?
La respuesta es sí, ya que si cualquiera de las partes, cedente o cesionario, sospechan que la transmisión podría afectar los contratos de trabajo, debe comenzarse el período de consultas con los representantes legales de los trabajadores. Por supuesto este período se haría efectivo con la suficiente anticipación a la adaptación de medidas previstas.
Como es de saber la idea y finalidad del período de consulta está destinado al desarrollo de negociaciones de buena fe, en el tiempo en el cual se procurará llegar a un acuerdo entre las partes para protegerse. Si esta consulta requiere una modificación sustancial de las condiciones de trabajo en forma colectiva, se regirá por diferentes artículos de las mismas modificaciones, en donde se aclara que no debe ser las consultas a un período superior a 15 días.
En los casos de movilidad geográfica, se debe tener en cuenta la cantidad de trabajadores afectados y el total de trabajadores de la empresa ya que se extienden los plazos. Asimismo, los trabajadores no podrán continuar la relación laboral y tendrán derecho a una indemnización de 20 días de salario por cada año que trabajó.

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