Aún no descifras el sistema y no sabes lo que significa la suspensión por intermediación con cobertura aplazada, te invitamos a leer el siguiente artículo para despejar algunas dudas y aprender los códigos del paro.

Suspensión por intermediación con cobertura aplazada
Es importante saber que, estar de Alta en el sistema de la Seguridad Social automáticamente le coloca como activo para recibir el subsidio por el paro. Ahora bien, esto quiere decir que para mantenerse percibiendo esta ayuda Ud, deberá cumplir con una serie de obligaciones con la intención de obtener los derechos propios del paro, entre las cuales tenemos:
- El demandante debe buscar trabajo activamente
- Debe presentarse a los servicios de empleo
- Renovar su demanda de empleo
- Acudir a las citas de empleo de la oficina
- Aceptar las ofertas de trabajo que se le presenten
- Mantener informado a la oficina de empleos sobre los cambios en su condición
- Notificar si existen incrementos en su percepción salarial
La suspensión por intermediación con cobertura aplazada, le permite al demandante obtener lo que se conoce como la tarjeta del paro. A través de ésta se le otorga al solicitante asesoría y mejoramiento de sus habilidades para el empleo, capacitación mediante cursos y posibilidades de acceder a mejores ofertas salariales a través de listados especiales.
En caso de que así lo requiera el demandante, estar bajo la condición del alta ante el INSS, le permite acceder a otras ayudas y subvenciones que le sean convenientes o necesarias.
¿Qué pasa si no cumplo con mis obligaciones?
Como en todo sistema existen algunas sanciones entre ellas se encuentra la suspensión de los pagos, mínimo por un mes. Para todas las personas que se encuentran inscritas en el sistema y se encuentren percibiendo el paro es necesaria la renovación cada 90 días de su solicitud, o lo que se conoce como sellar el paro. La finalidad de esta actividad es mantener nuestra antigüedad en el sistema, además de mantener informado al INSS sobre nuestra condición.
Es importante para todos los demandantes mantener una disciplina en el sello de la tarjeta, de ocurrir algún incidente que le impida efectuar esta acción puede recurrir a mecanismos como:
- Sellar la tarjeta por Internet; siempre que cuente con la firma electrónica y su DNI digital
- Sellar en otra oficina que no sea la que te corresponde por ubicación. En casos como cierre de oficinas o impedimentos de movilización Ud puede sellar su tarjeta en cualquier oficina SEPE
- Han pasado apenas dos o tres días de mi fecha de vencimiento, aún puede sellar en la oficina más cercana o vía portal. No use esta opción si ya han pasado muchos días
- He sido notificado a través de una carta escrita. En la misma se dan las especificaciones tanto para la sanción como para la posibilidad de presentarse a dar razones para el retraso.
- No ha recibido ninguna notificación, acuda de igual manera a la oficina más cercana ya que eventualmente el sistema le tomará el retraso, y pueden existir consecuencias mas graves
En casos donde el demandante no aparece por largos períodos ante ninguna oficina es posible que se le suspenda el pago por periodos muy largos, pierda su antigüedad en el sistema o se le procuren medidas más graves.

Cumplí con mis sellos y tomé un taller aún así me suspendieron ¿por qué?
Ciertamente Ud no ha fallado como demandante y no ha recibido ninguna cancelación de no pago por ello. Ahora debe comprender que cada provincia maneja algunos elementos de los demandantes en paro de manera diferente, es por ello que es importante que acuda a su oficina SEPE más cercana en caso de dudas.
Pero qué sucede si yo recibo una notificación de suspensión por intermediación, qué significa suspensión por intermediación con cobertura aplazada. En líneas generales, existe una situación que no nos permite cumplir con nuestros «compromisos de actividad» y que por lo tanto nuestra demanda de un nuevo empleo se encuentra suspendida temporalmente. Sepa que las razones para recibir este tipo de notificaciones son: maternidad, curso de capacitación y privación de la libertad.
Ahora bien, estas suspensiones temporales tiene también sus modalidades:
- Suspensión con intermediación, el demandante puede recibir cursos de capacitación y aún recibir ofertas de trabajo.
- Suspensión sin intermediación, el demandante puede tomar su curso de formación sin tener que sellar el paro, pero no recibirá más ofertas de empleo por el tiempo que dure el taller.
Es posible que un solicitante o demandante genere un cambio de suspensión de sin intermediación a con intermediación. El único departamento en el que no es posible efectuar tal modificación es en el Departamento Autónomo de Aragón, ya que una vez iniciado un curso de formación el DARE solicitará sea sellada la tarjeta del paro.
¿Cómo puedo realizar el cambio de sin a con intermediación?
Ahora para solicitar el cambio se puede:
- Ingresar en la Oficina electrónica del INAEM. Ubique la casilla donde indica «alta, baja o suspensión de la demanda»
- Puede ir hasta la oficina de INAEM más cercana, siguiendo los protocolos de bioseguridad de cada provincia
- Llamando al Servicio de Atención Telefónica 901501000.
Recuerde que una vez culminado el taller de formación o el curso el demandante deberá introducir nuevamente la solicitud de Alta. Es importante que agregue a sus cualificaciones el nuevo taller, para optimizar las posibilidades de encontrar empleo. Considere los siguientes pasos para modificar su información:
- Vincularnos con la oficina de Servicio de Empleo Autonómico (NO ES EL SEPE)
- Notificar que se ha culminado el curso o taller
- Conocer las fechas para la renovación de la demanda laboral. Es importante realizarla nuevamente para ser añadido a las listas de búsqueda de la provincia
- Solicitar las fechas de entrega de las certificación del curso o taller
- Solicitar que la información del CV del demandante sea actualizada con el taller o curso culminado.
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